La mascarilla será obligatoria al aire libre, sea cual sea la distancia, incluido en playas y piscinas
Por Alejandro Espiño
La distancia interpersonal ya no será un criterio que determine si se debe usar o no la mascarilla. El Gobierno ha decidido endurecer la obligatoriedad del uso de este elemento de protección con una normativa que acaba de publicar el Boletín Oficial del Estado.
A partir de ahora, habrá que llevar mascarilla siempre, sin importar la distancia en la que se encuentren otras personas. Esta instrucción será de obligado cumplimiento para todas las personas mayores de seis años.
En concreto, la nueva ley obliga a ir con mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
La normativa, que deberán aplicar las comunidades autónomas -que hasta ahora habían aprobado sus propias excepciones-, tiene una vigencia indefinida, por lo que durará hasta que las autoridades consideren que se ha superado la crisis sanitaria de la covid-19.
El principal cambio, más allá de la distancia, afecta a espacios al aire libre como playas o piscinas. A partir de ahora, no podremos quitarnos la mascarilla mientras tomamos el sol. Solo podremos hacerlo a la hora de darnos un baño.
La mascarilla también será obligatoria en los medios de transporte aéreo, marítimo, ferrocarril o bus y en los transportes públicos y privados de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los turismos no conviven en el mismo domicilio.
Eso sí, no será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre (aunque en este caso las comunidades pueden optar por hacerla obligatoria) o de actividades en el que el uso de la mascarilla resulte incompatible, según recojan las indicaciones que hayan realizado las autoridades sanitarias.
La ley incluye excepciones al uso obligatorio de la mascarilla en todo momento, que se limitan a las personas con enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no tengan autonomía para quitársela o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
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