Dura sentencia para las asesinas de Secundino, condenadas a más de 20 años de prisión
Por Alejandro Espiño
Apenas diez después de que el jurado popular declarase culpables del asesinato de Secundino Prego a las dos mujeres acusadas de su muerte, Albertina Táboas y Rocío Gondar, se ha conocido la dura sentencia que ha pronunciado la magistrada titular de la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra. A ambas se les condena a más de 20 años de prisión y al pago de 80.000 euros como indemnización a los dos hijos de la víctima.
En concreto, la jueza decreta un total de 22 años de prisión a Albertina Táboas por un delito de asesinato. La pena impuesta a Rocío Gondar por los mismos hechos es ligeramente inferior, 20 años y medio de cárcel, al apreciarse en ella el atenuante de confesión y de colaboración con la justicia para esclarecer todos los detalles del crimen.
También se determina que Albertina no podrá residir en Poio ni acudir al lugar de Chancelas durante 27 años, a contar tras su salida de prisión, un tiempo que reduce a 25 años en el caso de Rocío.
La sentencia considera probado que las dos mujeres “de mutuo acuerdo” mataron a Secundino entre las 22.15 y las 23.50 horas del 2 de febrero de 2014, tras asaltar de forma "súbita e inesperada" la víctima en el camino de acceso a su vivienda de Chancelas, sin que este pudiese defenderse.
Le golpearon "repetidamente", más de 18 veces -tres de ellas mortales de necesidad- con una sartén, su propio bastón y una piedra, hasta acabar con su vida.
Tras ello, las dos mujeres llamaron al 112, a la Policía Nacional y a la Guardia Civil fingiendo que estaban siendo víctimas de un robo para tratar así de encubrir el crimen.
La magistrada continúa asegurando que Albertina Táboas, que había sido nombrada heredera universal cinco días antes del crimen, "planeó" la muerte del anciano para quedarse con sus bienes "ante el temor de que pudiera revocar el testamento" y que ofreció una cantidad de dinero a Rocío, aceptado por ésta, como recompensa para que le ayudara a matarlo.
Con respecto al testamento, modificado cinco días antes del crimen para convertir a Albertina Táboas en heredera universal de todos los bienes de Secundino a cambio de cuidarlo, la titular de la Sección Segunda de la audiencia pontevedresa decreta su nulidad. Según la sentencia, la "verdadera intención" de la mujer "era solamente heredar sus bienes" y para ello "planeó matar y dio muerte" al anciano.
La sentencia se puede recurrir en el plazo de diez días ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Los abogados de las dos mujeres ya anunciaron tras la lectura del veredicto del jurado popular que apelarían en contra del futuro fallo judicial.
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