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© Mónica Patxot
Flexibilizan las condiciones a la hostelería para optar a la prestación extraordinaria por suspensión de la actividad
![Redacción](/web/cache/scene/uploads/xornalistas/foto/_S7QytKoutjK3UsovKMnMzytWsi62MjSxUqrKz891Lsov0DEyAC_/_Il61oA_/506490f5a15ce-c6ku5opwb5qbtijalxd0_reasonably_small.jpeg)
Por Redacción
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha decidido flexibilizar el acceso a la prestación extraordinaria por suspensión temporal de la actividad para trabajadores autónomos.
Esta decisión responde a las críticas surgidas durante los últimos días en aquellos territorios como Galicia donde se encuentra suspendida la actividad de restauración y hostelería, salvo en el caso del servicio a domicilio, con la intención de reducir la propagación de la covid-19.
El artículo 13 del Real Decreto Ley en el que se establecían las ayudas a los autónomos se indica que entre los requisitos para el acceso a la prestación los trabajadores autónomos deben estar "afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus".
Con el criterio se especifica que los hosteleros que no realice servicio a domicilio o de recogida en local podrán presentar una declaración responsable para acceder a la prestación. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada, una cantidad que se incrementa un 20% si el trabajador autónomo es miembro de una familia numerosa, o del 40% si convive con parientes de primer grado con derecho a esta prestación. Queda también exonerado del pago de cuotas, aunque el período le cuenta como cotizado.
Los trabajadores autónomos, tanto en el caso de que realicen actividad a domicilio como si no, pueden solicitar la prestación compatible con la actividad si registran una bajada de facturación que alcance el 75% respecto al último trimestre de 2019 o del 50% en relación con el primer trimestre de este 2020.
En el mes de octubre se registraron de media 3,265 millones de afiliados a la Seguridad Social en el Régimen de Autónomos, 1.816 más que en septiembre y se supera la cifra marcada en febrero, antes de la pandemia.
El 30 de octubre, la Seguridad Social aportó 234,21 millones de euros a más de 256.000 trabajadores autónomos a los que se les reconocieron las prestaciones establecidas. 15.000 se acogieron a la prestación por suspensión temporal de la actividad.