No pagar el peaje de la autopista AP-9 a Audasa no implica sanción de Tráfico
Por Alejandro Espiño
Una resolución de la Jefatura Provincial de Tráfico de Pontevedra revoca la sanción impuesta a una conductora que se negó a pagar a Audasa el peaje de la AP-9 en Figueirido (Vilaboa). Fue multada por la Guardia Civil por obstaculizar la circulación. No quiso pagar la tasa establecida después de que una retención en la autopista le provocase un notable retraso en su desplazamiento entre Pontevedra y Vigo.
"El pasado verano concretamente el 22/07/12, me desplazo con mi vehículo desde Vigo hasta Pontevedra por la autopista AP-9 acompañada de mi familia. Apenas entrar en la autopista me encuentro una retención, lo que impide circular a la velocidad propia de la vía y retrasa los 22 kilómetros desde Vigo hasta Pontevedra, en cerca de una hora", comienza el relato de la mujer multada en el recurso.
Explica que Audasa no había cumplido con sus obligaciones, al no señalizar estas retenciones en las entradas a la autopista "y que permita decidir si continuar la marcha o buscar otra alternativa de trayecto o aplazar el desplazamiento". Al llegar al peaje de Figueirido le comunicó esta circunstancia a la trabajadora encargada del cobro del peaje, quien abandonó su cabina y fue a avisar al encargado.
"Me preguntan si no voy a pagar, a lo que respondo que no, diciéndome que tiene orden de no dejar pasar a nadie sin pagar y seguidamente procede a bajar la barrera posterior, dejando el vehículo inmovilizado, con una barrera delantera y trasera. A partir de ese momento desvía a los vehículos que van llegando al peaje a otras cabinas", continúa explicando esta conductora.
Ante tal actuación, decidió llamar a la Guardia Civil, alertando de la situación y pidiendo auxilio, "por encontrarnos retenidos en el vehículo". Tras esperar media hora, y una vez personada la unidad de Tráfico de la Guardia Civil, "me piden que de marcha atrás y estacione el vehículo en el margen derecho de la vía, próximo al edificio administrativo, tras lo cual me solicitan la documentación del vehículo e identificación personal".
Fue entonces cuando recibió una sanción de 80 euros por parar el vehículo obstaculizando la circulación o creando peligro para otros usuarios, indicando en las observaciones de la multa que "circula por autopista de peaje debidamente señalizada como tal, y una vez que llega a la cabina de peaje correspondiente, el conductor del turismo se niega a efectuar el pago del servicio de autopistas, produciendo grave retención y perjuicio del resto de usuarios que utilizan esa misma vía".
Denuncia esta conductora que tras la imposición de la multa, "la Guardia Civil me indica que me dirija a la cabina más próxima, a la cual ya han avisado ellos y que me permitirán pasar sin pagar el peaje", por lo que señala que la conclusión a la que llega es que "lo importante es sancionar, lo de pagar o no el peaje es secundario, y lo más importante disuadir a cualquiera que tenga la intención de no pagar el peaje.
DENUNCIO EN EL JUZGADO A AUDASA POR COACCION Y DETENCION ILEGAL
Tras denunciar ese mismo día los hechos en la Guardia Civil de Pontevedra, quince días después presentó una denuncia en el Juzgado de Instrucción de Cangas, por apreciarse en los hechos indicios racionales de criminalidad que podrían ser constitutivos de un delito de coacciones y delito de detención ilegal. Ambos se los imputa a Audasa y sus empleados.
Son ellos, relata la denunciante los que llevan a la interpretación "incorrecta" por parte de los agentes de Tráfico de la Guardia Civil, "que acaban denunciándome por parar el vehículo y obstaculizar la circulación o creando peligro para otros usuarios, cuando en realidad es consecuencia de la forma de proceder de los empleados de Audasa, que impiden mediante barreras delantera y trasera continuar la marcha del vehículo, reteniendo a cuatro personas en contra de su voluntad".
Ante esta situación, la Jefatura Provincial de Tráfico de Pontevedra, en fecha del 27 de marzo de 2013 y notificada a la interesada el pasado 24 de mayo, resuelve que a la vista de la actuaciones practicadas en el expediente "se llega a la conclusión de que en el caso que se examina se han dado determinadas circunstancias que determinan la improcedencia de imponer la sanción, lo que lleva a revocar la resolución impugnada dejando sin efecto la sanción impuesta".
A la espera de que el Juzgado se pronuncie sobre la existencia o no de los presuntos delitos cometidos por Audasa y sus empleados, queda claro, según David Alfaya, abogado de esta conductora," que en situaciones de retenciones de vehículos en la autopista, no se puede sancionar a los conductores que se nieguen a pagar el peaje, siendo obligación de Audasa avisar de dicha situación antes de entrar en la vía, y en todo caso deben abrir los peajes".
Tras recordar que la empresa declaró en 2012 unos beneficios de 30,9 millones de euros, Alfaya insiste en que "lo que no puede permitirse es que en situaciones límites con retenciones kilométricas, algo que viene siendo habitual en los veranos gallegos, Audasa se niegue a dejar de cobrar los peajes, causando mayor retención y un perjuicio irreparable a los usuarios".
Se trata una resolución que, según fuentes consultadas por PontevedraViva, puede crear precedente para futuras sanciones que reciban conductores que se nieguen a pagar el peaje de la autopista AP-9.