El gobierno de la Deputación lleva al Pleno la aprobación de un nuevo reglamento
Por Oskar Viéitez
La presidenta de la Deputación de Pontevedra, Carmela Silva, dio a conocer este viernes que el gobierno de la institución llevará al pleno la aprobación de un nuevo reglamento, dado que el que rige el funcionamiento interno de la corporación en estos momentos fue aprobado en 1990 y no se adaptó "nin á lexislación vixente e á realidade social".
El nuevo reglamento tiene por objetivo, en palabras de Silva, "impulsar unha actividade máis democrática". Contará con cuatro títulos, 56 artículos, una disposición adicional única que aborda el desarrollo de las sesiones constitutivas, una disposición derogatoria que garantiza la seguridad jurídica y una disposición final.
Entre las principales novedades destacan el deber de asistir a las sesiones de órganos colegiados de las que los diputados formen parte, incluyendo la posibilidad de sanciones de hasta 300 euros a los que no asistan; la prohibición de empleo de los medios y condición de diputados para actividades mercantiles, profesionales o análogas o la protección de datos y la confidencialidad de la información a la que tienen acceso.
Además regula el registro de intereses de los diputados así como la publicación de las declaraciones de bienes en el portal de transparencia de la Deputación. Cuestiones, todas ellas que en el anterior no estaban reglamentadas.
FUNCIONAMIENTO DE LOS PLENOS
Por vez primera se regulan los medios mínimos para los grupos políticos, tanto en lo relativo a los recursos humanos como a los técnicos, que hasta ahora estaban al libre arbitrio de la presidencia.
También incluye el nuevo reglamento la implantación de medios para la retransmisión en directo de los plenos, la puesta en funcionamiento de un sistema de asistencia virtual en el caso de baja por maternidad, paternidad o enfermedad y que la ciudadanía pueda expresar, de forma regulada "y no por dádiva de la presidencia", cuestiones de su interés ante la corporación mediante dos intervenciones de 5 minutos cada una antes de cada pleno.
Por vez primera se regulan también los tiempos de intervención en los plenos, anteriormente bajo el criterio del presidente. Además, se incluye en el nuevo reglamento la posibilidad de prohibir el acceso al pleno por tres meses al público que altere su orden. También se añaden medios de fiscalización de la actuación de los órganos del gobierno, bien requiriendo su comparecencia para responder a preguntas sobre su gestión o celebrando un pleno extraordinario para debatir su gestión.
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