Desestiman el recurso interpuesto por el hombre condenado a siete años de cárcel por violar a la septuagenaria que lo acogió en casa
Por Oskar Viéitez
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso interpuesto ante la Sala de lo Penal por un hombre condenado por violar en enero de 2020 a una mujer de 75 años que lo había acogido en su vivienda de Cambados por razones de caridad.
La Audiencia de Pontevedra lo había sentenciado a siete años de cárcel como autor de un delito de abuso sexual con penetración, agravado por razón de convivencia entre el agresor y la víctima.
Las magistradas de la sección cuarta de la Audiencia de Pontevedra explicaban en su resolución que todas las pruebas presentadas en el juicio corroboraban el testimonio ofrecido en su día por la víctima, que no pudo declarar ante el tribunal al haber fallecido en 2022. La sentencia subrayaba que "frente a toda la prueba expuesta" el acusado se limitó a negar los hechos.
En su recurso de apelación el condenado alegaba que se había inculcado la presunción de inocencia al padecer la víctima un cierto deterioro cognitivo. Pero en su respuesta el TSXG señala que en este caso el tribunal no solo ha tenido en cuenta el tribunal el testimonio de esta mujer "sino que también ha contemplado otros factores, como la presencia de semen del acusado en las ropas de la cama de aquella" además de los "testimonios corroboradores" de la hija de la víctima y de la trabajadora social del Concello, a las que la anciana había relatado los hechos poco después de que hubieran sucedido. "Por si fuera poco", añade también el testimonio del agente de la GuardiaCivil que le tomó declaración, que corroboró las palabras de la víctima, "coincidentes con las que les había expuesto a las dos personas anteriores".
Tampoco admite el TSXG que la sentencia de la Audiencia de Pontevedra vulnere el principio penal de in dubio pro reo "pues ni el tribunal declaró estar afectado por duda alguna, ni hay motivos para pensar que pudiera albergarla a la vista de la prueba practicada".
Por todo lo expuesto, se desestima el recurso.