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Contar en Facebook tu mal día en el trabajo
No acabamos de acostumbrarnos a que la sensación de anonimato que nos da escribir opiniones y detalles de nuestro devenir cotidiano en las redes sociales es absolutamente infundada y pone a disposición de un público numeroso esas facetas de nuestra vida. Se escribe en el reducto de lo íntimo, y esa intimidad se refleja en la aldea global como si lo hubiésemos pregonado a los cuatro vientos. Y en unos términos que, por un lado, dejan de depender de la memoria de quien escucha porque están reflejados por escrito y, por otro, son leídos con la entonación e intención que el receptor le quiera dar.
Al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura llegó hace poco el debate sobre si es causa suficiente de despido disciplinario compartir en el Facebook privado amargas reflexiones sobre la falta de colaboración de empresa y compañeros para cambiar un turno, de tal forma que el finalmente despedido pudiese ir al entierro de un familiar. Obviamente un familiar no lo suficientemente cercano en el papel para generar un permiso, aunque importante para quien manifestaba su desencanto. El literal de la reflexión: "No sé como puede haber tanta gente mala, egoísta, sin corazón en situaciones dolorosas. Yo tengo que reconocer que no soy perfecto, tampoco lo quiero ser, pero si un compañero o un amigo necesita mi mano en sus peores momentos YOO SE LA DOY. Gracias a compañeros como los que yo tengo y GRACIAS a la empresa A.G. Siderúrgica Balboa por este detalle de no poner un sustituto cuando un familiar acaba de fallecer. Está claro que hay que cumplir en el trabajo, pero hay que ser compañeros y apoyarnos y no apuñalarnos como se suele hacer y si no hay compañerismo que la empresa tome medidas, como las toma para llenarse los bolsillos. De nuevo quiero dar las gracias a esta empresa mundial que tiene una dirección que solo vale para dar los buenos días y depende como los pille. Esta vida se vive solo una vez y hay que ser humildes y no ser un HIJO DE PUTAAA", llevó a la empresa a sentir que había sido insultada, y que también le había faltado al respeto a los compañeros, por lo que optó por el despido disciplinario. Además, la empresa desliza en la comunicación de dicho despido que la versión de los hechos estaba siendo interesadamente simplificada. Y este mismo trabajador, cuatro años atrás, había sido sancionado por hacer pintadas en la nave con ofensas a los compañeros.
El TSJ hace varias consideraciones interesantes: "La degradación social del lenguaje hace que sean consideradas de uso corriente expresiones malsonantes como manifestaciones instintivas e inmediatas a una situación frustrante, no atribuyéndosele tampoco ese significado particularmente ofensivo como para permitir apreciar la intención ofensiva del trabajador" (…) "lo que resulta evidente del texto analizado es que constituye un "desahogo" por no haberle concedido la empleadora un día de permiso, ni los compañeros quisieron sustituirle, por el fallecimiento de un familiar, que lo fue precisamente el día 5 de diciembre de 2015, fecha misma en que inserta el texto en Facebook, que lo hace en su casa, no en la empresa. Es evidente que la intención del trabajador no es inferir una ofensa moral a persona alguna, que no identifica, pues alude a compañeros y empresa. En segundo lugar, las circunstancias personales del demandante son de una evidente vulnerabilidad tras y como se trasluce del tenor literal, manifestando su dolor por no haber podido acompañar a sus familiares en una situación luctuosa". "Tampoco consideramos que se agrava su conducta por el hecho de haber sido llevada a efectos en su perfil de Facebook, pues hoy por hoy y para una gran parte de la sociedad, aun cuando no se comparta por esta Sala, se emplea para exponer cuestiones personales y familiares de forma habitual y su publicidad está limitada en la misma forma que el propio funcionamiento de Facebook".