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Arreglar los papeles para marcharse con paro
No es infrecuente, incluso en estos tiempos, que un trabajador se sienta tan a disgusto en su trabajo que se plantee renunciar y cambiar de aires. Marcharse de forma voluntaria y razonada puede dejar abierta una puerta en la empresa para un futuro retorno, pero lo que es seguro es que cierra la de la prestación de desempleo, ya sea un cese o una excedencia.
Puede ocurrir que al trabajador le preocupe muy seriamente no tener derecho a más sostén económico que el proveniente de sus ahorros, si es que los tiene, y le comente a la empresa que quiere marcharse de forma voluntariamente involuntaria. “A enemigo que huye, puente de plata”, dice nuestro refranero. El empresario percibe el trabajador hastiado e indolente como un problema, y el trabajador piensa en cómo seguir saliendo adelante cuando le falte trabajo. Y en la confluencia de ambos pensamientos, surge un plan: el empresario ofrece al trabajador despedirlo aunque sin pagarle la indemnización (indemnización que se retira de las cuentas de la empresa y pasa a la caja B), el trabajador consigue su propósito de dejar su ocupación y obtener la prestación por desempleo. También puede ofrecerle un despido disciplinario si se compromete a no recurrir. Con más o menos toques de color, esta no es una historia excepcional. Legal, lo que se dice legal, tampoco es, ya que el trabajador obtiene una prestación simulando la situación de desempleo involuntario.
En las últimas semanas la prensa se ha hecho eco de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en la que un trabajador le dice a su empresa que está descontento, con ánimo de buscar una salida con desempleo. La empresa se niega a impostar la situación, a hacer experimentos que puedan ser considerados fraude de ley. Si está a disgusto no tiene más que marcharse, pero la empresa no va a despedirlo. El trabajador empieza a decaer en su ánimo de trabajar y comete varios “errores”, trabaja con tanto desánimo y torpeza que la empresa finalmente decide despedirlo de forma disciplinaria por entender que no es una actitud fortuita sino absolutamente maliciosa.
El trabajador recurre en busca de un despido improcedente indemnizado, al entender que la empresa no puede demostrar la transgresión de la buena fe contractual que le imputa en la carta de despido. Peor de lo que está no va a quedar. La primera instancia considera que el despido no está bien fundamentado y penaliza a la empresa con el despido improcedente. La empresa recurre al Tribunal Superior de Justicia. El Tribunal de Justicia afea firmemente la conducta del trabajador y el despido se confirma como disciplinario, el trabajador se marcha sin indemnización. He aquí como triunfa la honradez y la justicia y el defraudador se ve desposeído de sus intereses, dice la prensa.
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