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Campofrío, ERE por fuerza mayor
En la madrugada del domingo 16 de noviembre, una de las plantas de Campofrío, la de Burgos, se ha visto asolada por un incendio. Afortunadamente, no ha supuesto pérdida de vidas.
Lo que sí producirá, sin remedio, es cambios inmediatos en la vida laboral de los trabajadores que tienen allí su puesto de trabajo. Trabajadores que pasarán, bien a la recolocación improbable para toda la plantilla, que ronda el millar de personas- en otras fábricas del grupo, bien al más rápido de los expedientes de regulación empleo, el regulado para los casos de fuerza mayor.
Los expedientes de regulación de empleo (ERE) están pensados para que las empresas puedan tomar drásticas decisiones sobre la esencia de las relaciones laborales de forma dialogada con los trabajadores, diálogo que a veces consigue un punto común de entendimiento y a veces no; todo ello con el objetivo, quien lo diría, de salvar la actividad a medio plazo reconduciendo los costes a corto.
En el caso de los ERE por fuerza mayor, el procedimiento cambia. No se trata de paliar las consecuencias de decisiones empresariales erróneas o escenarios económicos adversos, sino de emplazar a la autoridad laboral para que constate que ha ocurrido algo, absolutamente imprevisible y ajeno a la capacidad de acción y decisión del empresario y que impide la actividad en la empresa.
Es un procedimiento exprés y no negociado. En cinco días la autoridad laboral debe decidir si la causa concurre y la resolución que emita en consecuencia deberá limitarse a constatar la existencia de la fuerza mayor alegada por la empresa. Corresponde a la empresa la decisión sobre extinción de contratos (a priori no parece que tengan esa intención) o aplicación de medidas de suspensión o reducción de jornada, que surtirán efectos desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor.
Sonia Canay. Abogada. Experta en Derecho Laboral y Extranjería. Departamento Jurídico-laboral de SIGA