Condenan a un hombre por pegar dos veces al hijo menor de su pareja y a ella le quitan la custodia
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Por Natalia Puga
La Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de revisar la pena impuesta a un hombre que fue condenado por pegar en dos ocasiones al hijo de tres años de su pareja. El tribunal confirma su condena, pero rebaja la pena, que pasa de cinco años y medio a tres años y ocho meses.
La sentencia inicial la dictó el Juzgado de lo Penal número 4 de Pontevedra en diciembre de 2022 y el condenado la recurrió. Como resultado de ese recurso, la Audiencia decidió reducir la condena, que sigue siendo por dos delitos de lesiones, pero de menor entidad.
El condenado mantuvo una relación sentimental de dos meses con la madre del niño, entre marzo y finales de abril de 2019, tiempo en el que convivieron en el domicilio de ella con su hijo, que entonces tenía tres años y dos meses.
El primer delito por el que fue condenado ocurrió sobre las siete de la mañana del 11 de abril de 2019, cuando el hombre estaba a solas a cargo del cuidado del menor, antes de llevarlo a la guardería por encargo de la madre, que no estaba en casa.
Según la sentencia, "con intención de menoscabar la integridad física", del niño, le propinó varios golpes en la cara y en la zona del oído derecho ejerciendo una fuerte presión. A consecuencia de esta agresión, le perforó el tímpano derecho.
El segundo episodio ocurrió 13 días después, el 24 de abril, a la misma hora y con la misma "intención de atentar contra su integridad física". Lo golpeó en la cara y cabeza, agarrándolo del cabello y apretando con fuerza su muslo derecho, causándole de nuevo lesiones.
Los episodios son los mismos en las dos sentencias, si bien la Audiencia modifica las consecuencias de las lesiones del segundo incidente y rebajó la condena por esos hechos de dos años y medio a ocho meses. Por el primero ataque, la condena es a tres años de prisión.
Recoge la sentencia que el menor era una persona "especialmente vulnerable" puesto que apenas sabía hablar y comunicarse con su entorno y que fue la abuela paterna la que denunció los hechos.
Como consecuencia de todos estos hechos, se cedió la tutela del menor provisionalmente a la abuela y la tía paterna "por la protección y seguridad del menor".
Además de cumplir los tres años y ocho meses de prisión, el acusado tiene prohibido aproximarse a menos de 100 metros del niño, de su domicilio, centro escolar o de cualquier otro lugar donde se encuentre, así como comunicarse con él durante cinco años por un delito y dos años y ocho meses meses por el otro.
En concepto de responsabilidad Civil, indemnizará al niño con 900 euros por las lesiones derivadas de las dos agresiones sufridas y al Sergas con 4468.39 euros por las asistencias médicas derivadas de las dos agresiones.