Las empresas de limpieza recurren ante el Supremo la sentencia que les obliga a subir sueldos
Por Redacción
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por las empresas de limpieza de locales y edificios contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que les condenó a incrementar los salarios de los trabajadores afectados por el convenio de limpieza pontevedrés en un 2,4% para el año 2011 y en un 5,3% para el 2012.
La Asociación Provincial de Empresarios de Limpieza de Edificios y Locales de Pontevedra (AELPO) señala en un comunicado que continúa el diálogo con los representantes sindicales, por lo que la patronal ha decidido recurrir esta sentencia que considera injusta, ilógica e inadmisible. La resolución del TSXG es la resolución de la demanda presentada por CIG y a la que se sumó UGT.
AELPO afirma que ha habido ideas erróneas en la interpretación del convenio, especialmente en la interpretación del Artículo 4 del convenio colectivo, que establece que "en caso de que no se produzca negociación, el convenio se prorroga y las tablas salariales se incrementan en el IPC".
En el momento en el que el sindicato CIG decidió demandar a la patronal señalando que donde dice "negociación" significa "acuerdo", se habían celebrado más de 20 reuniones de negociación. AELPO insiste en que en "ningún momento la patronal ha parado las negociaciones, sino que ha sido el propio sindicato el que ha intentado obstaculizarlas con la interposición de esta demanda. Hace tan sólo unas semanas se celebró la última reunión de la mesa negociadora.
La sentencia del TSXG se produjo, según la patronal, después de que CIG denunciara, intentando acabar con las negociaciones. El dictamen, que falla a favor de los trabajadores, supondría que una empresa de 100 trabajadores, tendría que pagar por los años 2011 y 2012 un montante de 150.000 euros a sus trabajadores en concepto de atrasos, o lo que es lo mismo, más de un 5% de los salarios pagados.
Por su parte, recuerdan que el convenio colectivo de edificios y locales de la provincia de Pontevedra es el más elevado de Galicia y el cuarto más alto de España, por encima de Madrid y Barcelona. Además, el coste de antigüedad, ya supone un incremento de coste de un 1,50% anual, sin aplicar ningún tipo de incremento salarial al convenio.
AELPO decidió presentar el recurso ante el Tribunal Supremo con el fin de defender los intereses legítimos de sus asociados y del sector profesional de limpieza gallego, y celebra que haya sido admitidito a trámite. Dicha admisión significa que el recurso de casación cumple todos los requisitos para su estudio y que será finalmente el Supremo el que dicte sentencia y resuelva sobre esta polémica resolución judicial que provoca a la patronal un "evidente y gravísimo perjuicio".
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