Condenan al Sergas por dejar incapacitada a una mariscadora tras una cirugía en el Hospital do Salnés
Por Redacción
Un juzgado de Santiago de Compostela ha condenado al Servizo Galego de Saúde y a su aseguradora por dejar incapacitada a una mariscadora tras una cirugía del túnel carpiano que se le practicó en el Hospital do Salnés. La mujer, vecina de Meaño, será indemnizada con 60.000 euros.
La demanda la tramitó el abogado colaborador de la asociación El Defensor del Paciente en Galicia, Cipriano Castreje, por el daño desproporcionado que sufrió la mariscadora tras la cirugía. Le fue concedida una incapacidad absoluta porque la mano le ha quedado deforme y atrofiada.
Según ha informado el Defensor del Paciente, para dicha cirugía, que se hizo en 15 de marzo de 2007, no hay consentimiento informado ni consta programada, ni la paciente fue incluida en lista de espera alguna. Se practicó igualmente, pero el dolor no cedía y la paciente tuvo que ser sometida a cuatro intervenciones quirúrgicas más.
No sólo quedó incapacitada para su profesión habitual de mariscadora, sino que sufrió una afectación psicológica por todas las cirugías que le tuvieron que practicar y que derivaron en una mano catastrófica.
En el año 2010, presentó una reclamación patrimonial en el Sergas que fue desestimada, por lo que a través del abogado Cipriano Castreje presentó una demanda contra el Sergas alegando que no solo no hubo consentimiento informado para dicha cirugía, que se había practicado fuera del circuito normal, sino que la misma era innecesaria puesto que no se esperó lo suficiente para aplicar y agotar todas las posibilidades de un tratamiento conservador. De hecho, en la otra mano adolecía del mismo daño, con el tiempo curó y está funcionante.
El juzgado da la razón a la paciente señalando que "lo cierto es que existió una sobreactuación al poner en marcha un medio agresivo (aquélla primera intervención) sin recabar el consentimiento de la paciente y sin que existieran evidencias de su indicación, por lo que la administración debe responder del daño desproporcionado".
La sentencia no es firme y la paciente está valorando recurrir la misma por entender que no se ha producido una reparación integral del daño que se le ha causado.