El TSXG confirma la condena de un a año y medio de cárcel impuesta al propietario de un albergue por agredir sexualmente a una menor
Por Oskar Viéitez
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra en la que condenó a un año y medio de cárcel al dueño de un albergue como autor de un delito de agresión sexual, de menor entidad, sobre menor de 16 años.
Además, la Audiencia Provincial lo inhabilitó durante tres años y medio para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleven contacto regular y directo con personas menores de edad; y le impuso la prohibición de aproximarse a la menor, a su domicilio, centro escolar o cualquier otro en el que pudiera encontrarse, y de comunicarse con ella por cualquier medio durante dos años y medio.
"Lo que ha hecho la Sala, con toda corrección, es analizar la conducta del acusado en relación con cada una de las menores cuya libertad sexual pudo haber estado en peligro o haber sido lesionada en la noche de autos. Y, de ese modo, concluye que solo las acciones desplegadas sobre la persona de una de las menores encajan en la tipicidad del delito por el que se sostenía acusación", subraya la Sala de lo Civil y Penal del TSXG.
Además indica que la absolución de los dos delitos de abuso sexual sobre menor de 16 años, objeto de acusación, se basó, de forma correcta, en el principio in dubio pro reo.