"Atemorizada, atosigada y vigilada" por los continuos mensajes y llamadas de su ex, que "le impedían el descanso y una vida en paz"
Por Natalia Puga
Seis meses de prisión, un año y 1 día de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y prohibición de acercarse y comunicarse con su ex. Esa es la condena que deberá cumplir un pontevedrés que, tras la ruptura con su pareja, la llamó de forma reiterada a ella y a sus familiares y amigos.
La víctima puso fin a la relación en marzo de 2022, pero esta ruptura "nunca fue aceptada" por el acusado, que actuó, según dos juzgados, "con el fin de menoscabar la integridad psíquica" de ella e "intentar doblegar su voluntad y que ella retome la relación con él".
Así, entre mediados de agosto y el 1 de septiembre de 2022, el hombre llamó al teléfono móvil de su ex en repetidas ocasiones, llegando a realizar hasta 40 llamadas desde números ocultos, la mayoría reiteradamente y de madrugada, y utilizando diversos teléfonos móviles para asegurarse la comunicación con ella.
Además, llamó por teléfono a familiares, amigos y compañeros de trabajo de ella también reiteradamente, y acudió a casa de la madre de ella, donde vivía desde la ruptura, llamando al telefonillo de la casa varias veces y de forma insistente. Llegó a hablar con la madre de su ex pareja para "tratar de forzar" que ella hablase con él pese a su negativa.
Además, le reprochó de madrugada a un amigo de la pareja que estaba con su ex a pesar de que él estaba pasando el fin de semana con su novia en un hotel.
Como consecuencia de estos hechos, la mujer "estaba atemorizada, atosigada y vigilada" y le causó malestar por los continuos mensajes y llamadas, que "le impedían el descanso y una vida en paz".,
El Juzgado de lo Penal número 4 de Pontevedra le condenó y, pese a su sentencia condenatoria, el acusado recurrió. Finalmente, la sección cuarta de la Audiencia Provincial confirmó la sentencia.
El hombre acabó condenado por un delito de coacciones y, para protegerla a ella, está condenado a la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de su víctima, su domicilio, lugar de trabajo u otro en el que pueda encontrarse por tiempo de dos años. También a la prohibición de comunicarse directamente y por cualquier medio con ella por dos años.