Condenado por amenazar a su ex: "Te mato porque del cementerio no se sale y de la cárcel sí; y me voy contento"
Por Natalia Puga
"No me lleves la contraria, que yo a ti te mato, te mato porque del cementerio no se sale y de la cárcel sí; y me voy contento". Por esta amenaza, que tenía como destinataria a su antigua pareja, un vecino de Cambados acaba de ser condenado a siete meses de prisión.
El episodio ocurrió el 5 de mayo del año 2019 y el Juzgado de lo Penal número 4 de Pontevedra primero y la sección cuarta de la Audiencia Provincial después lo han calificado como delito de amenazas leves en el ámbito de violencia contra la mujer.
Por este caso de violencia de género, además, los dos órganos judiciales le han impuesto al acusado una orden de alejamiento que le impide aproximarse a una distancia inferior de 200 metros de su víctima, de su domicilio, lugar de trabajo y lugares que frecuente durante dos años.
También durante dos años tendrá prohibido comunicarse con ella por ningún medio directo o indirecto, incluidas las redes sociales y por teléfono y se le privará del derecho a la tenencia y porte de armas.
El Juzgado de lo Penal dictó una sentencia condenatoria que el acusado recurrió, pero la Audiencia Provincial decidió desestimar el recurso y confirmar la sentencia inicial.
Ambas sentencias consideran probadas estas amenazas, que ocurrieron tres años después de que terminase la relación sentimental entre el acusado y su víctima. Habían estado juntos 14 años, durante los que convivieron en una relación "análoga a la matrimonial" y la relación terminó en 2016.
Tres años después, sobre las 21.00 horas del 5 de mayo de 2016, el acusado estaba con su nueva pareja en el garaje de la vivienda de su ex cuando se produjo una discusión con la hija de ella. Al oír la discusión, la madre y antigua novia bajó de la casa.
En un primer momento, tanto él como ella estaban acusados por una agresión mutua producida en el garaje, pero el juzgado les absolvió a ambos. Ella aseguraba que él la había agredido estrangulándola y golpeándola en el pecho y él que ella le había abofeteado reiteradamente.
Esa agresión acabó en absolución, pero no las amenazas posteriores. Según consideran probados ambos juzgados, cuando él se iba del lugar y estando ya en la vía pública, se bajó del coche y se encaró con ella diciéndole a gritos que esa casa era suya.
La víctima le respondió "las cosas no son así" y se produjo una discusión en la que él "con ánimo de causar temor" a su víctima, hizo gestos de ir hacia ella y le profirió las citadas amenazas.
El novio de la pareja de la víctima tuvo que sujetar al acusado para evitar que se abalanzara contra ella, que estaba en la calle.