Condenan a España por no avisar a una pareja de la demolición de su piso en Sanxenxo
Por Redacción
Casi 36.000 euros. Es la cuantía de la indemnización que España deberá abonar a una pareja residente en Madrid que no fue avisada en su día del proceso judicial iniciado sobre la legalidad de la construcción de su apartamento en Sanxenxo, trámite que concluyó años después con una orden de demolición.
Así lo ha determinado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una sentencia que se ha hecho pública este martes 10 de enero. España tendrá que pagar 1.000 euros a cada uno de los dos afectados y otros 33.446 euros en concepto de pago de impuestos y honorarios.
Los dos demandantes, que tienen 79 y 74 años de edad, registraron la compra del apartamento en septiembre de 2001 y comenzaron a pagar el impuesto de bienes inmuebles (IBI) en Sanxenxo al año siguiente.
Fue entonces cuando un vecino de la pareja denunció la supuesta ilegalidad de la construcción. Ante el silencio administrativo del Concello de Sanxenxo, decidió presentar un recurso judicial. Pero de ese proceso no se les informó, sino que tan solo fue comunicado el promotor del inmueble, según recuerda el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Dos años después, en 2004, el juzgado contencioso-administrativo número 3 de Pontevedra anuló la licencia de construcción, aunque no ordenaba su demolición. Esta sentencia tampoco fue comunicada a la pareja como parte interesada. Ya en 2007, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia aceptó un recurso del denunciante y ordenó la demolición de los apartamentos.
No fue hasta 2009 cuando el Concello de Sanxenxo comunicó al matrimonio la sentencia del TSXG, momento en el que solicitaron la nulidad de todo este proceso, al no haber sido informados de un procedimiento que se remontaba a siete años atrás. Pero sus pretensiones fueron rechazadas tanto por el alto tribunal gallego como por el Tribunal Constitucional.
La demolición está, en todo caso, paralizada actualmente. Además, la aprobación de una nueva normativa urbanística en 2013 abre la puerta a una posible legalización de la construcción, si el promotor solicita al Concello una nueva licencia de construcción.
A pesar de ello, el tribunal de Estrasburgo asegura en su sentencia que, a pesar de lo que alegaba la administración, la identidad de los afectados como propietarios del apartamento era accesible y ésta contaba con suficiente información como para identificarlos como interesados en este procedimiento.
La sentencia descarta que ambos se hubiesen enterado de forma extrajudicial de este proceso y que, a pesar de la suspensión de la demolición y de la posible regularización del inmueble, no se ha logrado reparar el perjuicio causado a la pareja con todo este proceso.