AGE insta a que Xunta y el Concello protejan el terreno que ocupa Ence
Por Redacción
Alternativa Galega de Esquerda (AGE), a través de su diputado Antón Sánchez, insta a que la Xunta y el Concello de Pontevedra redacten conjuntamente un mecanismo de ordenación urbanística que proteja los terrenos que actualmente ocupa la papelera Ence en la ría y así garanticen su traslado efectivo en la fecha comprometida de 2018.
"Después de que el pasado junio el Tribunal Superior desestimara los recursos de Ence y Elnosa [en sentencias del 12 de junio y del 29 de mayo, respectivamente]", expone Sánchez "contra el Plan de Ordenación del Litoral y contra las Directrices de Ordenación del Territorio, es urgente que las administraciones trabajen para el cumplimiento efectivo del traslado de la compañía fuera de la ría de Pontevedra".
"Es urgente y socialmente necesario que la Consellería de Medio Ambiente y el Concello de Pontevedra redacten coordinadamente el mencionado instrumento de ordenación", explica al parlamentario de Alternativa en un comunicado, "ya que es clave para garantizar el tanto tiempo reivindicado traslado de Ence fuera de la ría de Pontevedra y la puesta en valor ambiental de los terrenos".
"La redacción de tal mecanismo es un mandato legal del plan y una obligación imperativa para las administraciones afectadas. Es hora de pasar de las palabras a los hechos", añade Antón Sánchez, que registró una proposición no de ley al respecto en el Parlamento.
Ence solicitó la prórroga de la concesión, que termina en 2018. De acuerdo con la Ley 2/2013, el Estado puede concederla por 75 años más, pero precisa un informe medioambiental determinante elaborado por la Xunta. "Ese informe debe ser negativo", denuncia Sánchez, "aunque sólo sea porque la continuidad de Ence en su emplazamiento actual infringiría de manera manifiesta el plan del litoral y las directrices del territorio".
A mayores, Alternativa Galega de Esquerda exige la ejecución inmediata de otra sentencia, esta del 11 de julio de este año, que confirma la previa de la Audiencia Nacional del 19 de mayo de 2011 que condena el Estado a la incoación de caducidad de la concesión de Ence y la adopción de las medidas legales para la paralización de las actividades y suspensión del uso y explotación de las instalaciones. El fallo también obliga a la Administración General del Estado a la paralización de actividades y usos no amparados por concesión (y que la propia sentencia identifica en sus fundamentos de derecho: EDAR, emisario, etcétera).
Al ser usos e instalaciones sin concesión y sin licencia municipal, el Ayuntamiento de Pontevedra puede y debe ejercer también las competencias en materia urbanística ordenando la paralización de las mismas. "Es decir, en cumplimiento de la sentencia, el gobierno del Estado y el Ayuntamiento de Pontevedra pueden y deben ordenar la paralización de las instalaciones de Ence no amparadas por título habilitante", concluye Antón Sánchez.