El Supremo ratifica que la isla de Ons "en su totalidad" es de dominio público y no de los isleños
Por Oskar Viéitez
La justicia ha dado la razón a la Xunta en el pleito planteado por Bueu por el decreto que regula el régimen de concesiones de la isla de Ons.
Concretamente, el Tribunal Supremo ha dictado sentencia rechazando el recurso presentado por el Concello de Bueu, contra una resolución anterior del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), y ratifica, así, la legalidad del procedimiento por el que la Xunta otorga las concesiones administrativas en la isla de Ons.
La administración local defendía que las viviendas de los isleños no pueden considerarse como bienes o superficies afectas a la conservación de la naturaleza, sino que deben ser bienes patrimoniales.
Así, esgrimiendo la defensa de los derechos históricos de los habitantes de las islas, el Concello pretendía que esos moradores tuvieran derecho sobre las viviendas que ocupan.
Asimismo, también presentó, como motivo de impugnación, el hecho de que no se hubiera dado audiencia a los afectados durante la tramitación del reglamento.
DE DOMINIO PÚBLICO
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) rechazó el recurso, basándose en que la isla de Ons (y la de Onza), "en su totalidad", es bien de dominio público de titularidad de la Comunidad Autónoma. También consideró probado que se había dado audiencia a los vecinos interesados cuando se tramitaba el reglamento.
Ante esa sentencia, el Concello recurrió a una instancia superior y presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Ahora, la Sala III ha desestimado dicho recurso, ratificando la sentencia del alto tribunal gallego, y ha condenado al Concello de Bueu al pago de costas procesales.