La Xunta aclara las dudas sobre las autorizaciones de verbenas y fiestas populares
Por Oskar Viéitez
La ley del emprendimiento y de competitividad económica de Galicia, en vigor desde finales de diciembre, incluye nuevas directrices que según los ayuntamientos y las comisiones de fiestas, complican en tiempo, en gastos y papeleo la organización de fiestas y verbenas. Ahora el solicitante de la actividad festiva tiene que presentar un proyecto técnico firmado por un profesional competente, además tiene que incluir un plan de movilidad y la contratación de un seguro. La Xunta tendrá un mes de plazo para responder.
Los directores xerais de Administración Local e Interior, José Alberto Pazos Couñago y Santiago Villanueva, acudieron este viernes a la delegación pontevedresa de la Xunta.
Según explicaron en el caso de las verbenas y fiestas populares, la exigencia de licencia municipal ya venía establecida en el reglamento general de policía de espectáculos públicos y actividades recreativas, y lo que si se pide es garantizar que el escenario o estructura móvil reúna las condiciones de seguridad para el desarrollo de la actividad que se pretende realizar, conforme siempre a la normativa aplicable. La nueva norma plasma los requisitos que ya eran necesarios como consecuencia de la aplicación de la normativa que le es propia.
Las entidades locales son las competentes para otorgar las licencias en materia de verbenas y fiestas populares, en el caso de que estas sean necesarias. Las verbenas y fiestas populares sin instalación o escenarios móviles, no precisarán de licencia municipal, resultando suficiente para su celebración la comunicación previa al ayuntamiento.
En los casos en que sea necesaria la licencia municipal porque se vaya a utilizar un escenario o estructura móvil, es necesario presentar un proyecto técnico que aporte el seguro de responsabilidad civil, información sobre el tipo de espectáculo, previsión aproximada de asistencia de público y horario de la actuación, un boletín eléctrico de la instalación (firmado por un técnico competente), y la declaración de conformidad del fabricante CE y copia de la documentación de la ITV conforme, correspondiente al escenario móvil o documento análogo acreditativo del estado de idoneidad de lo mismo (firmado también por técnico competente).
Además, cumpliendo con la legislación vigente y en aras a la máxima seguridad para los ciudadanos, el Plan de autoprotección será exigible en los casos siguientes en espacios cerrados con capacidad igual o superior a 2.000 personas, o con una altura de evacuación igual o superior a 28 metros; en instalaciones cerradas desmontables o de temporada con capacidad o aforo igual o superior a 2.500 personas; y al aire libre, en general, aquellas con una capacidad igual o superior a 20.000 personas.