El TSXG confirma que el Sergas debe pagar 50.000 euros a un niño de 13 años que perdió un testículo por mala praxis médica
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Por Natalia Puga
50.000 euros. Es el importe que ha vuelto a fijar la Justicia para que el Servizo Galego de Saúde (Sergas) indemnice a la familia de un niño pontevedrés que, cuando tenía 13 años perdió un testículo por una mala actuación médica tras sufrir una torsión del testículo izquierdo.
El Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 1 de Pontevedra ya fijó esta indemnización en diciembre de 2023 y ahora el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) la acaba de confirmar en una sentencia de abril, contra la que hay opción de recurso.
Ante el TSXG recurrió el Sergas negando la mala actuación médica y los padres del paciente reclamando más indemnización, pero el Alto Tribunal gallego confirmó la sentencia inicial. Esta sentencia concluye que hubo una "pérdida de la oportunidad terapéutica que derivó en daños irreversibles" que tenían que compensarse con una indemnización.
La familia de este niño recurrió a la Justicia tras reclamar una indemnización a la administración sanitaria por los daños sufridos por su hijo. Pedían 83.779,90 euros, pero la Consellería de Sanidade se la negó.
El niño acudió con sus padres al centro de salud el 7 de marzo de 2019 aquejado de un fuerte dolor en su testículo izquierdo. Fue atendido, pero luego no le derivaron a los servicios hospitalarios o especialistas. La situación se agravó y, dos días después, lo llevaron a Urgencias del Hospital Provincial, donde fue explorado y diagnosticado de una lesión de torsión y necrosis.
Se le practicó inmediatamente una orquiectomía radical por la que le extirparon el testículo. Meses después, en diciembre de 2019, los padres solicitaron al Sergas la primera indemnización y en septiembre del año siguiente, en 2020, le pusieron una prótesis testicular provisional.
Los padres reclamaron porque no les pidieron consentimiento informado para la práctica de la orquiestomía radical y por una actuación negligente y errónea en el diagnóstico y la necesidad de extremar la diligencia asistencial.
Cuando el caso llegó a la vía judicial, el Sergas no negó la ausencia del consentimiento informado, si bien lo justificó por la necesidad de la intervención urgente y vital del niño, pero sí negó el resto de los reproches de la familia, afirmando que en la primera intervención no se detectaron síntomas de torsión, que fueron sus padres quienes demoraron acudir a urgencias y que fue entonces diagnosticado e intervenido adecuadamente y con prontitud.
El Juzgado de lo Contencioso- Administrativo en su sentencia, luego confirmada por el TSXG, concluyó que la torsión testicular "era una dolencia urológica muy grave que requería una atención urgente y eficaz que en este caso no se había producido", ya que si fue detectada el 9 de marzo de 2019 es porque ya la padecía dos días antes.
Dos días antes acudió al Punto de Atención Continuada y se le diagnosticó que la causa del dolor era una mera infección tratable con antibiótico, por lo que, para el juzgado, "fue evidente la pérdida de la oportunidad terapéutica".
El juzgado sí da la razón al Sergas en que no se pidió el consentimiento informado por el "carácter inmediato y urgente de la detección de la lesión y su emergencia médica".