El Tribunal Supremo ratifica la suspensión a un juez de Pontevedra por retrasos injustificados en sus procedimientos
Por Oskar Viéitez
La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en la que desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el juez Indalecio Conde González contra el acuerdo del pleno del Consejo General del Poder Judicial de 29 de enero de 2015 que confirmó la sanción de un año de suspensión de sus funciones como titular del juzgado de primera instancia número 3 de Pontevedra por el retraso reiterado en el dictado de sentencias y autos.
La sentencia considera que el acuerdo impugnado es conforme a derecho.
El Consejo General del Poder Judicial había impuesto una sanción al juez Indalecio Conde González por la comisión de una falta muy grave tipificada en el artículo 417.9 de la Ley del Poder Judicial.
Este precepto castiga la "desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales".
Fue la denuncia de varios particulares, afectados por estos retrasos, la que dio inicio al expediente sancionador contra el magistrado pontevedrés.
Indalecio Conde González presentó un recurso al entender que el acuerdo del CGPJ era contrario a derecho y que, a pesar de estar ya jubilado, se debía anular para restablecer su honor e imagen, "gravemente dañados" por la imposición de una sanción que se consideraba "ilegal e injusta".
La propuesta del fiscal y del promotor de la acción disciplinaria fue de un año de suspensión tras la denuncia que interpusieron varios particulares contra el magistrado por sus retrasos. Ya tenía dos expedientes anteriores por esta razón, uno concluyó con una multa de 1.000 euros y otro con una sanción de un mes de suspensión que fue confirmada por el Tribunal Supremo en julio de 2013.
Estes expedientes, segundo o recorrente, "ocasionábanlle un efecto contrario ao pretendido porque, lonxe de estimularlle para que demostrase unha maior dilixencia no cumprimento dos seus deberes, provocáronlle un estado de angustia e ansiedade que desembocou nunha auténtica situación de bloqueo intelectual".