Una jueza reprocha al Concello que no responde las alegaciones de un conductor que recurre una multa
Por Natalia Puga
La magistrada del Juzgado de lo Contencioso Adeministrativo número 2 de Pontevedra echa una pequeña reprimenda al Concello de Pontevedra. Le reprocha la forma en la que obró ante un vecino de la ciudad que recurrió una multa de estacionamiento impuesta por la Policía Local y al que ahora el juzgado acaba de darle la razón retirándole la sanción impuesta. La crítica de la jueza se dirige a que en la tramitación del expediente de este conductor no se dio respuesta a las quejas del recurrente e incluye una reprobación sobre la forma en la que se señalizan las prohibiciones puntuales de estacionamiento en las calles de la ciudad.
"Las resoluciones que obran en el expediente incurren de defecto de motivación, pues no dan respuesta a los aspectos indicados por el denunciado, sino que reproducen argumentos genéricos válidos para casi cualquier expediente por infracción en materia de tráfico", reprocha en una sentencia recién emitida por la que invalida una multa impuesta en julio de 2011 en el entorno de la Plaza de Toros, libera al conductor de pagar los 100 euros y condena al Concello al pago de los costes del proceso.
La Policía Local multó al citado condutor en una semana en la que se habían colocado señales provisionales de prohibición de estacionamiento en las calles que rodean la Plaza de Toros para realizar tareas de limpieza. Las citadas señales se instalaron, como viene siendo habitual en la ciudad, en vallas de obra, e indicaban que las restricción de aparcamiento se aplicaban en distintos días en distintas calles. La multa señalaba que el coche del sancionado estaba aparcado en una zona en la que ese día ya estaba prohibida.
El coche fue retirado por la grúa y, una vez recibida la multa, el propietario presentó una alegación indicando que las señales provisionales estaban movidas con respecto a su colocación inicial, de tal forma que manipulación manual de los propios conductores o incluso por el viento situó las señales en lugares diferentes. El conductor alega que el estacionó en una zona en la que según la valla con el cartel de prohibido aparcar él aún podía tener el coche estacionado en aquella plaza aquel día, que la limitación afectaba a otras zonas.
Los policías consideraron que no, que según la planificación inicial, en aquel punto de la calle ya estaba prohibido aparcar aquel día En su alegación, el conductor aportó fotografías de la valla situada al lado del coche cuando lo retiraron, que le daba la razón.
"Las señales reglamentarias garantizan la inamovilidad y la visibilidad, que son garantías que desaparecen cuando la señalización apenas supera un metro"
A pesar de que alegó hasta en tres ocasiones, el expediente sancionador se confirmó en todas ellas con resoluciones que "no dan respuesta a los aspectos indicados por el denunciado, sino que reproducen argumentos genéricos válidos para casi cualquier expediente por infracción en materia de tráfico". Finalmente, el caso llegó al juzgado.
La sentencia da razón al conductor y señala que no se puede acreditar que cometiese ninguna infracción y que, además, el Concello de Pontevedra vulneró el principio de seguridad jurídica del demandante "pues se alega únicamente la presunción de veracidad del agente denunciante", sin entrar a valorar las cuestiones que el afectado expuso en sus recursos iniciales.
La jueza insiste en el carácter "provisional" de la señalizacion y cuestiona su validez, ya que no se trata nada más que de un cartel en ocasiones plastificado colgado en vallas móviles en los que se indica la prohibición de aparcar y las fechas y horas en las que entra en vigor. Es la utilizada durante fiestas como, por ejemplo, el reciente desfile de Entroido, para el que se prohibe estacionar en todo el recorrido por cuestiones de seguridad.
En estas críticas a la señalización, un pequeño tirón de orejas al Concello de Pontevedra, la jueza cree que la señalización "debería ser más clara y precisa" ya que "el hecho de haber colocado varios carteles indicando la limitación de estacionamiento en distintos días y horas según los tramos, puede inducir a error, si no se hacen en ellos mayores especificaciones".
"Las señales reglamentarias garantizan la inamovilidad y la visibilidad, que son garantías que desaparecen cuando la señalización apenas supera un metro de altura sobre la calzada, pudiendo quedar oculta entre vehículos estacionados, y es inadvertida por cualquier persona, señalando el propio denunciante la posibilidad de confusión por existir varias señales delimitando cada zona", dicta la jueza.