Un juzgado da la razón al Concello y niega a cuatro bomberos cobrar las horas extra en vacaciones
Por Natalia Puga
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Pontevedra acaba de dar la razón al Concello capitalino y desestimar las demandas presentadas por cuatro bomberos de la ciudad que reclamaban el pago de horas extra en períodos de vacaciones y permisos.
La demanda de los trabajadores del cuerpo de Bomberos de Pontevedra era, en realidad, cobrar durante esos períodos la media de horas extra que le correspondería en relación con las que realizan de forma habitual, pero el juzgado rechazó su petición.
Las cuatro sentencias las dio a conocer este martes la portavoz del gobierno local, Anabel Gulías, que indicó que la resolución del juzgado pontevedrés es que la demanda de los bomberos no tenía fundamento, dando por buenas las tesis del Concello.
En estas cuatro sentencias, el Concello de Pontevedra ganó en sus demandas, pero la Xunta de Gobierno local celebrada este martes también tuvo constancia de otro procedimiento en el que ha perdido. Se trata de una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que desestima un recurso contencioso administrativo presentado contra la Xunta por una subvención.
Se trata de una convocatoria de subvención a la que concurrió el Concello para el servicio de Benestar Social para poder contratar a 20 personas en riesgo de exclusión social y que le fue denegada, según explicó Gulías, porque no se justificó que la documentación presentada la firmase la secretaria municipal accidental y no el secretario titular.
El secretario titular estaba de vacaciones en el momento de formalizar la subvención, de modo que firmó la accidental y la sorpresa del Concello llegó cuando la subvención llegó denegada porque no estaba debidamente acreditado por qué firmaba ella. En ese momento, enviaron los justificantes, pero se quedaron sin subvención y recurrieron, pero su demanda ha sido desestimada.
El TSXG desestima el recurso del Concello y la portavoz municipal señala que, como no podía ser de otra forma, acatan la resolución, pero no la comparten, pues recuerda que es la propia Xunta de Galicia que les denegó la subvención la que nombró a la secretaria accidental.
El Concello no recurrirá la sentencia, que le condena al pago de las costas del procedimiento judicial hasta un máximo de 1.000 euros.