Absuelven a dos ex directivos de Factoría Naval juzgados por fraude de subvenciones
Por Natalia Puga
El Juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra ha absuelto a los exdirectivos del desaparecido astillero de Marín Factoría Naval Ramiro Pablo C.V. y Óscar Avelino I.D. juzgados por un presunto fraude de subvenciones que habrían cometido al justificar una ayuda del Ministerio de Industria con trabajos que no eran subvencionables.
Tras la celebración del juicio el pasado mes de diciembre, el magistrado Miguel Aramburu dictó una sentencia absolutoria en la que considera que no pueden atribuirle los delitos de los que les acusaban la Fiscalía y la Abogacía del Estado: falsedad en documento mercantil en concurso con fraude de subvenciones. Se enfrentaban a tres años de prisión y una multa de más de dos millones de euros.
Los dos exdirectivos eran durante los años 2008 y 2009 en los que se produjeron los hechos juzgados consejero delegado y director general técnico de la extinta empresa naval y las acusaciones sostenían que falsearon las facturas anteriores para presentarlas con la solicitud de subvención y obtener la misma, aportando gastos por trabajos ejecutados en un buque sísmico o en mercantes en lugar de los megayates que subvencionaban las ayudas públicas.
El magistrado concluye que, en base a las pruebas testificales y documentales aportadas durante el juicio, las facturas no reflejan trabajos no realizados tal y como sostienen las acusaciones, sino que "son verdaderas" y "recogen trabajos realmente realizados y trabajos innovadores" cuya finalidad última era desarrollar las habilidades para poder aplicarlos en la construcción de megayates.
La sentencia da "singular importancia" a una prueba testifical en concreto, la de la persona que hizo de intermediario entre el Ministerio de Industria y Factoría Naval de Marín para la obtención de la subvención. De su testimonio deriva, "sin duda alguna" para el juez, que la inclusión de los trabajos citados en la subvención se realizó a sugerencia del propio Ministerio de Industria.
Según sostiene este testigo, no se crearon unas facturas ad hoc sobre trabajos no realizados como mantienen el fiscal y la Abogacía del Estado, sino que, para obtener la subvención, se modificaron las facturas para recoger que se abonara un nuevo proceso dentro de la construcción de un buque que sería aplicable en el futuro para la construcción de megayates.
"Debe concluirse que las facturas no son falsas, sino que se corresponden con trabajos innovadores aplicables a la construcción de megayates y subvencionables por tanto", recoge el fallo judicial. El magistrado ahonda en que no son documentos simulados, sino auténticos que se corresponden a tareas realmente realizadas y que tenían un contenido innovador.
Sobre el delito de falsedad de documental mercantil, sostiene que los documentos cuya legalidad se pone en cuestión "no son simulados son auténticos, lo que lleva a concluir que no existe ese delito". Dado que "no existió una falsificación de las condiciones requeridas para la concesión de la ayuda", por lo tanto, el magistrado concluye que "no ha existido el delito de fraude de subvenciones".