Condenan al Sergas por negar el permiso de paternidad a un celador
Por Redacción
El Servizo Galego de Saúde (Sergas) acaba de ser condenado a pagar una indemnización de 3.000 euros por daño moral a un trabajador al que no renovó el contrato para impedir que disfrutase del permiso de paternidad completo. Junto a esto, tendrá que pagar también los 12 días de salario de la prórroga no concedida y las cotizaciones a la Seguridad Social de ese período.
Según informó el sindicato CIG-Saúde, el juzgado avala con esta sentencia sus denuncias por denegar de forma sistemática el derecho a disfrutar de los permisos reglamentarios al personal eventual.
La central nacionalista señala que el Sergas está cubriendo plazas vacantes, que son estructurales, con contratos de acumulación de tareas, cada seis meses. Contratos que renueva mes a mes, "incrementando así la fragmentación de la contratación", denuncia CIG-Saúde Pontevedra. Un método al que recurre por culpa de la tasa de reposición que la propia administración impuso para la sanidad pública.
Junto a esto, CIG-Saúde afirma que el Sergas está limitando el derecho a disfrutar de permisos regulados por ley al personal eventual, negándose sistemáticamente a negociar una regulación de permisos en la mesa sectorial. CIG-Saúde recuerda que la única regulación que reconoce el Sergas es la negociada en la mesa sectorial en el 2001, sin que haya habido de por medio ninguna actualización.
Por consecuencia de esto, "y con una evidente mala praxis", el Sergas para que un trabajador eventual contratado bajo la modalidad de acumulo de tareas, no pudiese seguir disfrutando del derecho el permiso de paternidad, denegó la renovación de ese contrato. Una vulneración de derechos fundamentales que fue denunciada delante del juzgado por el trabajador a través de la asesoría de la CIG.
En el decurso del juicio quedó demostrado que efectivamente hubo vulneración de derechos fundamentales y que la no renovación del contrato tenía como objetivo evitar que el trabajador pudiese disfrutar del permiso de paternidad por el tiempo que le habría correspondido. También quedó probado que el Sergas contrató a 13 personas para los 12 días e incluso llegó a contratar 6 días al trabajador que le denegó el permiso.
Ante de esto, el juzgado emitió sentencia condenando al Sergas a indemnizar al trabajador por daño moral con una compensación económica de 3.000 euros más la cantidad correspondiente a los 12 días de salario de la prórroga no concedida y la cotización a la Seguridad Social correspondientes a ese período.