El fiscal recurre la absolución del empresario pontevedrés juzgado por la operación Corbeta de fraude a Hacienda
Por Natalia Puga
La Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha presentado un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de la capital que absuelve al empresario pontevedrés Ángel Manuel C.M, juzgado el pasado mes de abril por un delito contra la Hacienda tras haber sido detenido en el marco de la operación Corbeta desarrollada a nivel nacional en el año 2009.
El citado empresario, administrador de la empresa Opirata Technology, se enfrentaba a una pena de dos años de prisión por defraudar 252.319 euros al haber declarado ventas de material informático entre países de la Unión Europea de las que no constan justificantes de pago para, de esta forma, presuntamente eludir el pago del IVA de operaciones que en realidad se habían realizado en territorio nacional.
Frente a estas acusaciones que mantenían el fiscal de Delitos Económicos, Augusto Santaló, y la Abogacía del Estado, el juez concluyó que no se puede considerar probado que las operaciones declaradas como exentas por el acusado no tengan esa condición. Como consecuencia, le absuelve, ya que "no está acreditado que las operaciones fuesen operaciones sujetas a tributación y, por tanto, no puede considerarse probado que existiese fraude tributario".
Entre otras circunstancias, en el juicio que se celebró en abril no pudo analizarse la documentación relativa a la facturación de la empresa Opirata. Esa documentación sí figuraba en la fase inicial de la operación, que coordinó la Audiencia Nacional y desarrollaron la Guardia Civil y la Agencia Tributaria. En el Juzgado de lo Penal número 4 de Pontevedra, sin embargo, nunca se recibió.
Al respecto, el magistrado argumenta en su sentencia que "no consta, ni en los autos ni en el momento del juicio, la prueba documental enumerada", que el Juzgado de Instrucción de la Audiencia Nacional asegura en uno de sus autos que remite a través de un DVD. Al no constar en autos, el juez determina que "no existe tal prueba".
Ahora, la Fiscalía, en un escrito firmado por Augusto Santaló, recurre la absolución alegado que si bien es cierto que falta esa documentación, ésta carece de relevancia a la hora de dictarse sentencia. Pide que se dicte una nueva sentencia considerando que las operaciones intracomunitarias declaradas por el acusado no fueron reales y que los productos fueron vendidos en territorio español y, por lo tanto que el empresario natural de Moaña sea condenado a dos años de prisión y al pago de una multa de medio millón de euros y la devolución de los 252.319 euros supuestamente defraudados.