Rebajan de 35 a 18 años la pena solicitada para el autor confeso del crimen machista de Marín

Pontevedra
13 de mayo 2015

El juicio con jurado que se sigue en la Audiencia Provincial de Pontevedra contra Miguel Sanmartín Argibay por presuntamente matar y violar a su novia en diciembre de 2013 ha entrado en su recta final. Queda pendiente que el tribunal se siente a deliberar hasta alcanzar un veredicto, pero no será hasta este jueves

Miguel Sanmartín Argibay, acusado de matar y violar a su novia en Marín
Miguel Sanmartín Argibay, acusado de matar y violar a su novia en Marín / Mónica Patxot

El juicio con jurado que se sigue en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra contra Miguel Sanmartín Argibay por presuntamente matar y violar a su novia en diciembre de 2013 ha entrado en su recta final. Concluida la fase de pruebas y declaraciones, queda pendiente que el tribunal se siente a deliberar hasta alcanzar un veredicto, pero no será hasta este jueves. Una vez que se encierren para determinar la culpablidad o no del procesado, se encontrarán con un escenario no previsible al incio del juicio hace tan sólo tres días. La Fiscalía, la acucasión particular y la defensa se han puesto de acuerdo y las tres partes solicitan que el acusado sea condenado a 18 años de prisión como autor de un homicidio y una agresión sexual. 

El fiscal y la acusación particular, que ejerce la Xunta de Galicia, pedían inicialmente que Miguel Sanmartín fuese condenado a 35 años de prisión por los delitos de asesinato y agresión sexual, pero, tras tres días de declaraciones e informes y pruebas periciales, decidieron modificar su planteamiento inicial. Además de 18 años de prisón, piden que sea condenado a ocho años de libertad vigilada y 20 años de exilio de Marín e indemnice con 60.000 euros al hermano de la fallecida

El fiscal ya no ve que el procesado cometiese un asesinato, sino un homicicio. La diferencia radica, según ha explicado, en que la víctima, Isabel Pérez Fraga "sí tuvo capacidad de defensa"Una vez que la víctima puede defenderse, la calificación del delito cambia y, en este caso, el fiscal considera que las lesiones que presentaba el procesado cuando fue detenido evidencian que la fallecida "pudo defenderse". De todas formas, reconoce que sí hay que tener en cuernta la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de abuso de superioridad, pues "la capacidad de Isabel no estaba anulada, pero estaba mermada". 

A la hora de cambiar su acusación, el fiscal tuvo en cuenta que el procesado confesó los hechos y reconoció todo, una actitud que considera "poco frecuente" en delitos tan graves como este. Además, a la hora de dirigirse al jurado para explicarle su  nueva petición, explicó que ellos tienen que actuar con frialidad y sin tener en cuenta sus ideas preconcebidas sobre estas situaciones, pues, si lo hiciesen, la justicia no sería justicia, sino "venganza rastrera". 

El fiscal ve también la agravante de parentesco porque el acusado y su víctima eran pareja sentimental en el momento de los hechos, pero, al mismo tiempo, contempla también que el procesado, tal y como él explicó durante su declaración en el juicio, estaba borracho cuando cometió los delitos. La embriaguez pude considerarse una circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal.

La defensa del acusado, que empezó el juicio pidiendo que Miguel Sanmartín fuese condenado a dos años de cárcel como autor de un delito de homicidio por imprudencia y sin reconocer la agresión sexual, sorprendió con su nueva postura. Decidió adherirse a la petición de la Fiscalía y la acusación y pideó al jurado que emita un veredicto de culpabilidad en los mismos términos que ellos. Insistió, eso sí, en que "todo foi polo alcohol".