La Fiscalía se une a los afectados en su oposición a que el Estado esté personado en la causa por los peajes de la AP-9

Pontevedra
08 de febrero 2020

El Ministerio de Transportes insiste en que los informes que pudieran elaborar los servicios técnicos de la Dirección General de Carreteras así como sus posibles declaraciones responden estrictamente a juicios técnicos, no encuadrándose en ninguna actitud política. Están "completamente de acuerdo en que se le exijan responsabilidades" en caso de que obrara incumpliendo la normativa  

Cabinas de peaje de la autopista AP-9
Cabinas de peaje de la autopista AP-9 / PontevedraViva

La Fiscalía de Pontevedra está en desacuerdo con la decisión del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra de aceptar que la Abogacía del Estado se persone en la causa judicial abierta contra la empresa Audasa por el cobro de los peajes de la autopista AP-9 durante las obras de ampliación del puente de Rande.

Esta postura coincide con la de la asociación En-Colectivo, que engloba a personas afectadas por esta práctica, que este jueves dieron a conocer su oposición tanto a la decisión de su personación como al hecho de que se haya acordado a pocos días de que el caso llegue a juicio la próxima semana.

Así, la Fiscalía ha presentado recurso de reposición contra la resolución del juzgado. Entre otras consideraciones, mantienen que la causa se ciñe estrictamente al ámbito de la explotación comercial de la infraestructura por la concesionaria de la autopista, desde la perspectiva civil y privada de sus relaciones con los usuarios. A su juicio, esto determina que la Administración General del Estado no pueda tener interés directo y legítimo en el pleito, más allá de la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios, posición que ya asume la Fiscalía.

El Ministerio de Transportes, por su parte, ha insistido este viernes en que los informes que hayan podido elaborar los servicios técnicos de la Dirección General de Carreteras así como sus posibles declaraciones cuando se produzcan, en relación con este procedimiento judicial responden estrictamente a juicios técnicos, no encuadrándose en ninguna actitud política, actitud que es impensable dentro de un procedimiento judicial. 

Insiste en que tampoco responden a una posible defensa de Audasa, pues están "completamente de acuerdo en que se le exijan responsabilidades" en caso de que hubiera obrado incumpliendo la normativa o de sus obligaciones y es su obligación exigírsela.  

A pocos días del inicio del juicio, que empezará el martes 11 en Pontevedra, la Fiscalía insistió este viernes en que defenderá los criterios expuestos en la demanda colectiva en defensa de los usuarios presentada en diciembre de 2018, y que dio lugar al procedimiento judicial.

La acción del Ministerio Público parte del hecho de que durante al menos tres años, entre el 27 de febrero de 2015 y el mes de junio de 2018, la ejecución de unas obras entre los puntos kilométricos 145’180 y 151’080 afectó de forma relevante y constante al tráfico en la autopista, especialmente en el entorno del puente de Rande. Ello ocasionó que la fluidez de la circulación disminuyera, siendo preciso emplear más tiempo del habitual para recorrer la misma distancia de autopista. Además de la permanente afección expuesta, las mismas circunstancias favorecieron la aparición de embotellamientos y retenciones, los cuales se sucedieron de forma constante y cotidiana. 

La Fiscalía recuerda que no sólo se mantuvo el cobro íntegro del peaje en todo momento, sino que se incrementó a partir del día 1 de enero de 2018, tras una inauguración de las obras que se realizó el 30 de diciembre de 2017 aun cuando se continuaron realizando trabajos similares en la calzada con posterioridad a esa fecha.  En el periodo de referencia, según datos de Audasa, existieron unos 77 millones de tránsitos y la recaudación por peajes correspondiente a vehículos ligeros ascendió a unos 90 millones de euros.

Según la Fiscalía, el pago del peaje tiene el carácter de contraprestación porque se entrega a cambio de recibir una prestación, que es el uso en perfectas condiciones de fluidez, velocidad y seguridad de una vía de alta capacidad. En este sentido, considera abusiva la práctica consistente en la exigencia de la totalidad del importe del peaje, es decir, del pago del mismo peaje que cuando la autopista funciona de modo normal, pese a tener completa constancia de que no se puede prestar el servicio en tales condiciones.

La Fiscalía solicitará durante el juicio que se dicte sentencia por la que se declare nula la práctica consistente en cobrar íntegramente el peaje de la autopista en todo caso, sin moderar o eliminar su importe cuando no se está prestando el servicio en condiciones suficientemente satisfactorias de fluidez y/o seguridad del tráfico.

Además, pedirá que se condene a la demandada a cesar en dicha práctica y a abstenerse de utilizarla en lo sucesivo en cualquier autopista que gestione en España, así como a reintegrar a los usuarios los importes de los peajes que hayan sido abonados, en el tramo del entorno del puente de Rande, entre el 27 de febrero de 2015 y el 1 de junio de 2018, con los intereses legales desde la fecha del pago de cada peaje.

El Ministerio Público también defiende el pago de una indemnización consistente en el doble del importe del peaje.