El rey de las orquestas, condenado a pagar multas e indemnizaciones por 46,7 millones de euros

Pontevedra
05 de marzo 2018

La sentencia considera probado que la contabilidad oficial de Representaciones Lito SL "no reflejaba la imagen fiel y exacta" de la empresa porque todo el negocio procedente de la contratación con las comisiones de fiestas -que supone un 90%- "no se facturaba ni se contabilizaba y, por lo tanto, no tributaban a Hacienda

Ángel Martínez Pérez, conocido como 'Lito', en el banquillo de los acusados de la Audiencia
Ángel Martínez Pérez, conocido como 'Lito', en el banquillo de los acusados de la Audiencia / Mónica Patxot

El empresario Ángel Martínez Pérez, conocido como 'Lito', el rey de las orquestas, por controlar más de la mitad del sector en Galicia, no solo deberá cumplir doce años de prisión, sino pagar a la Hacienda Pública multas e indemnizaciones por valor de un total de 46.725.811,03 euros. Se trata de su primera condena y hay muchas posibilidades de que acabe en recurso por parte de su abogado.

La sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra adelantada durante el fin de semana ya se conoce en su integridad y declara a Lito resposnable de seis delitos contra la Hacienda Pública por no haber tributado lo debido en el impuesto de sociedades, el IRPF y el IVA de los años 2011 y 2012.

En concreto, le impone a él doce años de prisión y multas por valor de 17.945.000 euros y a la empresa de la que es responsable, Representaciones Lito SL, multas por importe de 19.190.000 euros. Entre él y la empresa o, lo que es lo mismo, él en su totalidad, deberán indemnizar a la Agencia Tributaria con 9.590.811,03 euros. En total, 46.725.811,03 euros. 

La sentencia considera probado que la contabilidad oficial de Representaciones Lito SL "no reflejaba la imagen fiel y exacta" de la empresa, siendo ello consecuencia de que la mayor parte de su volumen de negocio (el procedente de la contratación con las comisiones de fiestas y que suponía sobre un 90%) "no se facturaba ni se contabilizaba en los libros oficiales, por lo que tampoco era declarado a Hacienda", dando lugar a importantes beneficios para la mercantil. 

El fallo da total credibilidad a los informes realizados por la inspección realizada a las cuentas de Lito y su empresa por la Agencia Tributaria y el examen de todos los registros extracontables intervenidos por los inspectores y entregados  por la empresa y concluye que en los años 2011 y 2012 hubo unos ingresos de 26.096.785 y 23.973.409 euros

El fallo de la Audiencia le condena tanto a él como persona físico como a su empresa como persona jurídica por dos delitos contra la Hacienda pública por defraudación del impuesto de sociedades, dos por defraudación del IVA y dos por defraudación del IRPF. Por cada delito relativo al impuesto de sociedades (2) y al IRPF (2), él como persona física debe cumplir año y medio de cárcel; y por cada delito del IVA su condena es a tres años. La suma de todos es 12.

En el caso de los delitos relativos al impuesto de sociedades, la multa personal de él es equivalente a la cantidad que la Audiencia considera defraudada, 288.000 euros por lo defraudado en 2011 y 285.000 por 2012. La multa de Representaciones Lito asciende al doble de la cantidad defraudada cada año, 576.000 y 570.000.

En lo relativo a los delitos relacionados con las declaraciones del IVA, tanto a nivel personal como en su calidad de representante de la empresa, la Audiencia le impone el pago del triple de la cantidad que consideran que defraudó, 8.620.000 en el año 2011 y 8.080.000 en 2012. Esto es, una multa total de 16.700.000 euros a título personal y la misma como sociedad. 

La Audiencia le condena, en el caso de los delitos relacionados con el IRPF a pagar una multa equivalente a las sumas defraudadas a título personal y el doble de lo defraudado por su empresa. Esto es, a título individual debe pagar una multa de 348.000 euros por lo defraudado en 2011 y 324.000 euros por 2012. Como responsable de la empresa la multa asciende a 696.000 y 648.000 euros. 

Además, por los seis delitos se le condena a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, lo que implicará prohibiciones en este sentido por un total de 41 años.

Como persona física, por los delitos del impuesto de sociedades, la condena es durante seis años -tres años por delito-; por el delito relativo al IVA, durante nueve años -cuatro años y medio por delito-; y por la defraudación en el IRPF, seis años -tres por delito-. Como persona jurídica, los plazos coinciden en los delitos  del IRPF y el impuesto de sociedades, pero no en el IVA, que le supondrá ocho años de limitaciones -cuatro por cada delito. 

La sentencia es la primera que se impone a Ángel Martínez, pero hay en los tribunales varias causas abiertas contra su persona y contra sus orquestas que podrían traducirse en condena. Está ya pendiente de sentencia un juicio por un supuesto fraude fiscal en la gestión económica de la Orquesta Filadelfia y pendientes de llegar a juicio otras tres causas.