Los ciudadanos no somos gilipollas, un poco de respeto

12 de novembro 2023
Actualizado: 18 de xuño 2024

El PSOE está en su derecho de pactar lo que como partido político le venga en gana con JUNTS PER CATALUNYA, e incluso de negociar con quien se encuentra prófugo de la Justicia española y contra quien el Estado, gobernado por el PSOE, ha destinado importantes recursos económicos y personales con el fin de proceder a su detención y puesta a disposición judicial

 

El PSOE está en su derecho de pactar lo que como partido político le venga en gana con JUNTS PER CATALUNYA, e incluso de negociar con quien se encuentra prófugo de la Justicia española y contra quien el Estado, gobernado por el PSOE, ha destinado importantes recursos económicos y personales con el fin de proceder a su detención y puesta a disposición judicial. El fin de tal acuerdo, pese a lo que se extrae del 95% de su contenido, es obtener los votos necesarios para investir a su candidato como Presidente del Gobierno de España. Por supuesto que en su derecho está, como lo estará en la obligación de asumir las consecuencias de sus actos en el futuro.

Circunstancia distinta es que los ciudadanos en general no tengamos derecho a exponer nuestro parecer al respecto del contenido de dicho acuerdo y sus consecuencias, porque de otro modo corremos el riesgo de que desde el exterior se obtenga la idea de que aparte de ciudadanos y pretendidamente súbditos, además seamos gilipollas.

En el documento firmado se argumenta que la movilización pro independencia de los últimos años en Catalunya está motivada por la impugnación judicial del Partido Popular de la reforma del Estatut que reconocía a Catalunya como nación y a la Sentencia del Tribunal Constitucional que establecía que ese precepto y otros de la reforma eran contrarios a la constitución. ES FALSO. El sentimiento pro independencia de una parte del pueblo catalán ha existido siempre, y el responsable de lo ocurrido con el "estatuto" es, entre otros, la persona que de forma irresponsable y ostentando entonces la Presidencia del Gobierno lo alentó, y promovió su aprobación con la inestimable colaboración del charnego Montilla, y todo ello a sabiendas de que el contenido de algunos de sus artículos era manifiestamente contrario a la Constitución lo que fue finalmente ratificado por el Tribunal Constitucional. La resolución del alto Tribunal, por cierto, se produjo por seis votos a favor y cuatro en contra de sus miembros, de los cuales los seis votos a favor corresponden, a los Magistrados calificados como progresistas cinco, y uno a los calificados como conservadores y los cuatro votos en contra a magistrados calificados como conservadores, que entendían que el estatuto catalán en su conjunto debería ser declarado inconstitucional. El responsable de este desaguisado y de lo ocurrido a partir de ahí solo es uno, JOSE LUIS RODRIGUEZ ZAPATERO, personaje que desapareció de la escena nacional por un tiempo para "ponerse las botas” haciendo de extraño mediador y blanqueador de dirigentes tan respetables como Nicolás Maduro y Daniel Ortega hasta convertir américa central y del sur en el avispero en el que está convertido hoy en día. Algún día dedicaremos un capítulo a este personaje y sus andanzas latinas.

Tras la Sentencia del Tribunal Constitucional, afirma el panfleto en cuestión, el Parlamento y el Gobierno de Catalunya aprobaron diferentes propuestas en materia fiscal, delegación de competencias para la autorización de referendos, o la organización de una consulta al amparo de una ley autonómica a la que los gobiernos de entonces no favorecieron las negociaciones políticas ni ninguna de estas propuestas hechas desde la lealtad y el marco legal vigente. ES FALSO. Desde el año 2014 se sucedieron distintas consultas encaminadas únicamente a preguntar a los ciudadanos (lo afines que son los únicos que participan en semejantes pantomimas) al respecto de su preferencia de vivir en un estado al margen del estado español y ninguna de ellas desde la lealtad y por supuesto dentro del marco legal vigente, no en vano fueron todas ellas anuladas igualmente por el Tribunal Constitucional. En esta ocasión con el voto unánime de sus miembros, aquellos calificados de progresistas y los calificados como conservadores.

Finalmente el preámbulo de la mayor infamia firmada nunca por un representante del PSOE, afirma que toda esta situación llevó a la aprobación del artículo 155 de la Constitución mediante la que se decretó la disolución del Parlamento Catalán, la destitución del Gobierno de Catalunya y la convocatoria anticipada de elecciones. ES FALSO. El artículo 155 se aprobó en 1978 como el resto de la Constitución, lo único que se hizo en 2015 fue aplicarlo. Pero esto, de por sí obvio, no vino causado por lo anteriormente mencionado, sino que tras la convocatoria del referéndum ilegal del 1 de octubre, el entonces y no ahora, Presidente Puigdemont, el 10 de octubre proclamó y declaró la República Catalana y a continuación su suspensión por lo cual fue requerido por el Gobierno del Estado para su aclaración el 11 de octubre y en caso de confirmación un plazo de 72 horas para su revocación lo que no se produjo, lo que motivó la aplicación del artículo 155 en Catalunya, por cierto y para que no nos tengan, insisto, por gilipollas, aprobada con los votos a favor del PP, del PSOE y del PSC, entre cuyos votantes, y en su condición de líder de la oposición, se encontraba un tal PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ CASTEJÓN, el aprendiz de JOSE LUIS RODRIGUEZ ZAPATERO.

En la propuesta para poner fin al "conflicto”, otra memez, se recogen dos aspectos y el tercero que es el verdaderamente relevante:

  1. EL RECONOCIMIENTO NACIONAL. Junts propone la celebración de un referéndum sobre el futuro político de Catalunya amparado, supuestamente, en el artículo 92 de la Constitución, el problema es que dicho referéndum que debe ser aprobado por las Cortes por mayoría absoluta, debe ser sometido a todos los ciudadanos españoles en tanto que titulares de la soberanía, y no solo a los ciudadanos de Catalunya. EL PLANTEAMIENTO ES MANIFIESTAMENTE CONTRARIO A LA CONSTITUCION. Por cierto es radicalmente falso que el Tribunal Constitucional hubiera declarado inconstitucional la idea de que Catalunya es una nación sino que al ser incluida dicha "idea” en la exposición de motivos del estatuto y no en su articulado, el Constitucional ha considerado, con buen criterio, que carece de efectos jurídicos y tan solo programáticos.

 

  1. LA AMINISTÍA para todos los ciudadanos que han sido objeto de decisiones o procesos judiciales vinculados al referéndum de 2017 y a la consulta de 2014. En todo caso será una Comisión constituida en el Congreso de los Diputados la que determine en cada caso las personas y eventos beneficiados por la medida y considerables como judicialización de la política con las consiguientes responsabilidades del estado o modificaciones legislativas. Este párrafo bate el récord de infracción de preceptos legales desde Constitucionales hasta sus normas de desarrollo y, sobre todo, ataca directamente a la división de poderes contemplada en el artículo 1.2. y reflejada en los arts. 96, 97 y 117. Desde Montesquieu no se había visto nada igual. No será un Juez el que decida quien ha cometido o no un hecho delictivo sino una Comisión del Congreso de los Diputados. Se aprueba una ley de trascendencia penal en blanco.

 

  1. La elección de PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ CASTEJÓN como Presidente del Gobierno de España, que quedará para siempre vinculado y condicionado a la relación de infamias recogidas en el documento.

 

Después de leer el texto con detenimiento y explicarlo y exponerlo como acabo de hacer, uno no se acaba de creer que en el Gobierno en funciones actual puedan estar Margarita Robles y Fernando Grande Marlaska, porque a la Ministra de Justicia su incapacidad jurídica se le presume al haber promovido desde el Consejo de Ministros la Ley del "solo si es si”· siendo Magistrada especialista en violencia de género, y pese a las advertencias al respecto de las consecuencias de la aprobación de la ley. Dos Magistrados, los mencionados en primer lugar, "como la copa de un pino” en su etapa respectiva al frente del Juzgado Central de Instrucción nº3 de la Audiencia Nacional y de la Sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional tras haber sido Presidenta de la Audiencia Provincial de Barcelona. Como no puedo comprender que nadie con elementales conocimientos jurídicos pueda votar favorablemente a ni uno solo de los párrafos incluidos en el documento y ello incluye a los diputados y senadores del Congreso de los Diputados y miembros del PSOE.

Lo lamento pero es así. Los ciudadanos no somos gilipollas. Un poco de respeto.