La Ley de Vivienda, el quinto pilar del bienestar social

26 de maio 2023
Actualizado: 18 de xuño 2024

El miércoles 17 de marzo de 2023 se aprobó en el Senado la primera Ley por el derecho a la Vivienda de la democracia, una Ley muy necesaria y que nos equipara a otros Países europeos. La vivienda dejará de ser un lujo, una mercancía para convertirse en un derecho. Esa visión es la que distingue a la derecha de la izquierda

El miércoles 17 de marzo de 2023 se aprobó en el Senado la primera Ley por el derecho a la Vivienda de la democracia, una Ley muy necesaria y que nos equipara a otros Países europeos. La vivienda dejará de ser un lujo, una mercancía para convertirse en un derecho. Esa visión es la que distingue a la derecha de la izquierda, el PP igual que otros partidos presentó un veto a la misma y varias enmiendas, pero ¡Oh sorpresa! El Sr Feijóo, el Sr Bendodo, el Sr. González Tellado y a algunos otros senadores del PP no acudieron a la votación (lo que no extraña en el Sr. Feijó ausente en muchas de las votaciones), lo que es una contradicción, además de una falta de respeto al Senado y a sus compañeros de grupo, incumpliendo sus obligaciones, quizás piensen que legislar no es importante, y la aprobación o no de leyes no va con ellos, (¿o su ausencia se deberá a que están de acuerdo con la Ley?). Pero eso sí, después se sienten autorizados para hacer declaraciones contra la misma, y utilizarla en mítines y distintas intervenciones.

Dicha Ley 12/2023, de 24 de mayo, se ha publicado en el BOE este jueves 25 de mayo y entra en vigor este viernes, salvo lo relativo a los incentivos fiscales aplicables en el IRPF a los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda, que iniciarán su vigencia el 1 de enero de 2024. Dicha Ley da cumplimiento al artículo 47 de la Constitución Española "Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación….".

La ley impulsa la vivienda pública, incluye medidas para aumentar la oferta de vivienda a precios asequibles adaptada a ámbitos urbanos y rurales, evita que se den situaciones de tensión en el mercado de alquiler y apoya a jóvenes y colectivos vulnerables en el acceso a la vivienda. Ley necesaria para garantizar el acceso a una vivienda digna y a precio justo.

En el Pleno del Senado por el Grupo Socialista han intervenido en turno de vetos, enmienda y portavoces, el senador Ramón Morales Quesada, la senadora Isabel Moreno Duque y el senador Antonio Poveda Zapata, los que han realizado unas magnificas intervenciones basándose en el texto de la Ley y su veracidad, desmontando los bulos, y en las que baso mi artículo.

Como ha manifestado la senadora socialista Isabel Moreno Duque respondiendo a los argumentos falsos en contra de la misma "la derecha genera miedo sobre la okupación para ganar votos. El inquilino que no paga es un moroso, no un okupa. La derecha obvia la posible existencia de un estado de necesidad. Esta Ley no protege a quien no quiere pagar, lo distingue del que no puede pagar, y ahí actúan los servicios sociales para buscar soluciones alternativas de alojamiento". " Intentan trasladar una imagen deshonrosa de las personas con riesgo de desahucio. Muy propio de la derecha, pero muy injusto".

En esta Ley no trata de la Okupación, la usurpación se regula en el artículo 202.1 del C.P. con penas de seis meses a dos años. La limitación de desahucios a personas vulnerables durante la pandemia que adoptó nuestro Gobierno la adoptó Ángela Merkel en Alemania, y esa medida que recurrió el PP al TC y que éste la desestimó, y es que esa medida era que la familia no tuviera alternativa habitacional durante la pandemia, "la senadora Moreno Duque le preguntó al PP en alusión a este recurso "es que ustedes no tienen alma, el sentido de la justicia dice que tiene que haber un límite a la
inhumanidad".

Otro argumento falso, es que esta Ley invade competencias de las CCAA, lo que es falso. Dicha Ley ofrece a las Comunidades Autónomas y municipios diferentes herramientas que contribuirán a contener o reducir el precio del alquiler y aumentar el parque de vivienda en alquiler social respetando las competencias que constitucional y estatutariamente corresponde en exclusiva a las CCAA en materia de vivienda tal como recoge la disposición adicional séptima de la norma.

Frente a la política de los Gobiernos del PP de liberalización del suelo, especulación urbanística, burbuja inmobiliaria, venta a fondos buitres parque público de vivienda, recortando presupuestos de viviendas públicas, aumentando los desahucios y dejando a los más vulnerables desprotegidos, como hizo la Comunidad de Madrid vendiendo 3.000 viviendas a los fondos buitres. El Gobierno presidido por Pedro Sánchez considera la vivienda un bien de primera necesidad, y así lo demuestra en esta Ley, y también en que ha consignado 3.000 millones más en vivienda que el Gobierno del PP, poniendo a disposición ya 183.000 viviendas. Con esta Ley el Gobierno sigue fomentando la igualdad y no dejando a nadie atrás.

Durante la crisis financiera la política del Gobierno del PP fue rescatar a los bancos comprándole los activos inmobiliarios, frente a ello este Gobierno adquiere un compromiso con los jóvenes y muchas familias vulnerables de nuestro País con una Ley y medida que los protegen.

Este Gobierno movilizará más de 50.000 viviendas del Sareb y crea una línea ICO de 4.000 millones para promoción de 43.000 viviendas de alquiler social a precio asequible.

La Ley establece limitaciones de los incrementos en los precios de alquiler en zonas residenciales tensionadas lo que tiene una duración temporal limitada, y la iniciativa y capacidad para la declaración de zona con precios de alquiler tensionada y las limitaciones corresponde a cada CCAA.

La finalidad de esta Ley es protección a la ciudadanía, tanto a propietarios e inquilinos, como a los colectivos más vulnerables. La ley distingue entre propietarios particulares y grandes tenedores titulares de más de 10 inmuebles, y se podrán considerar grandes tenedores los propietarios de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en zonas tensionadas cuando así lo solicite la Comunidad Autónoma.

En cuanto a la vivienda vacía para que los ayuntamientos puedan aplicar incrementos del IBI será a las que lleven más de dos años vacías y que el propietario tenga un mínimo de cuatro viviendas en la misma situación. No es un menoscabo al derecho de la propiedad, el IBI a las viviendas vacías está redactado desde 1978.

Gobernamos por y para los ciudadanos protegiendo a los que más lo necesitan, frente al ruido y descalificación, propuestas, dando dignidad a las personas y avanzando en igualdad, como lo hace esta Ley. Hoy es un gran día.