El BOE recoge este martes la publicación de la Orden Ministerial por la que se aprueba la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios del Puerto de Marín.
El documento incorpora, por ejemplo, la zona náutica-deportiva de Placeres tras la remodelación y ordenación de la dársena de embarcaciones menores y adecúa los límites definidos en el convenio con el Concello de Marín para usos vinculados a la interacción Puerto-Ciudad.
Del mismo modo desafecta superficies terrestres innecesarias para la actividad portuaria así como la lámina de agua prescindible para operaciones portuarias de fondeo, canales de acceso o áreas de reviro.
Entre las zonas desafectadas se encuentran la playa de Placeres que se incorporará al régimen general de dominio público marítimo-terrestre.
La Delimitación de Espacios y Usos Portuarios, según la vigente Ley de Puertos, es el documento que determina en los puertos de titularidad estatal la zona de servicio, tanto de tierra como de agua, necesaria para el desarrollo de los usos portuarios, los espacios de reserva que garanticen la posibilidad de desarrollo de la actividad portuaria y aquellos que puedan destinarse a la interacción puerto-ciudad.
Con este documento, la Autoridad Portuaria dispone de toda la documentación base de planificación portuaria actualizada.
El objetivo, entre otros, de esta Delimitación de Espacios y Usos Portuarios es incorporar a la zona de servicio terrestre del puerto las superficies generadas por obras de ampliación o modificación del puerto, concluidas o con proyecto aprobado y con ejecución en marcha o sea inminente su inicio, subsanación de inexactitudes cartográficas o definición de la lámina de agua sobre la que el puerto tiene competencias.