La continuidad de las instalaciones de la antigua fábrica de cerámica de Pontesa en Ponte Sampaio en su localización actual al pie del río Verdugo y de la ría de Vigo está ahora pendiente del Tribunal Supremo, tanto porque tiene en marcha un procedimiento propio en el Alto Tribunal como por la influencia que pueda tener en él el caso que se sigue por la continuidad de la factoría de Ence en Lourizán.
La Audiencia Nacional anuló el marzo pasado la concesión que Costas le otorgó a Pontesa en 2017 y la actual empresa propietaria, Itaipú-Trade, recurrió ante el Tribunal Supremo.
Fuentes oficiales del Tribunal Supremo han confirmado a este periódico que el recurso entró el pasado mes de mayo y todavía está en tramitación.
Este recurso tiene como partes recurridas al Concello de Pontevedra y a la Administración General del Estado. Al respecto, desde la asesoría jurídica del Concello indican que tienen conocimiento de que en este recurso los plazos están "suspendidos" a la espera de que el Supremo resuelva los dos recursos que tiene tramitación sobre la continuidad de Ence.
Así, todo está pendiente del caso Ence porque el Supremo entiende que la sentencia que se dicte sobre la continuidad de la pastera en la ría de Pontevedra puede sentar jurisprudencia sobre todo lo relativo a la ocupación del dominio público marítimo-terrestre.
La sentencia de la Audiencia Nacional recurrida por los actuales dueños de Pontevedra utiliza argumentos muy similares a los que se usan en el caso de Ence.
El Gobierno había autorizado extender el permiso de la empresa durante 20 años más, permitiendo el uso de sus 33.000 metros cuadrados únicamente como almacén y no para producción, prohibiendo todo tipo de excavaciones, rellenos o movimientos de terreno. La compañía Itaipú-Trade adquirió en subasta en 2004 los derechos sobre la fábrica de cerámica.
Ante esta resolución, el gobierno municipal alegó, como con Ence, que este nuevo permiso infringía la Ley de Costas, al tratarse entre otras cuestiones de una actividad que no tiene por qué desarrollarse necesariamente en terrenos de dominio público marítimo-terrestre.
La Abogacía del Estado, a este respecto, también se allanó como en el caso de la pastera, lo que para la empresa afectada supuso un "fraude de ley". Además, Itaipú-Trade alegaba que el Concello carecía de legitimidad para presentar su recurso.
Los magistrados, sin embargo, concluyen que la resolución de Costas "no razona" por qué esta compañía no puede desarrollar su actividad en otra localización e Itaipú-Trade "tampoco acredita" la necesidad de dicha ocupación.