Audasa deberá devolver la mitad de los peajes a 21 conductores afectados por las obras de Rande por "incumplimiento de contrato"

Pontevedra
03 de noviembre 2022

El Juzgado de Primera Instancia número 12 de A Coruña dio la razón a 21 afectados que alegaban un incumplimiento defectuoso del contrato por parte de Audasa. El Tribunal Supremo tiene pendiente de resolver la causa impulsada desde la Fiscalía de Pontevedra por las supuestas prácticas abusivas de Audasa en esa época de obras

Puente de Rande
Puente de Rande / Mónica Patxot

Veintiuna personas y empresas afectadas por los problemas circulatorios en la autopista AP-9 durante el tiempo que duraron las obras de ampliación del puente de Rande cobrarán la mitad del importe pagado en peajes. 

Así lo acaba de dictaminar el Juzgado de Primera Instancia número 12 de A Coruña en una sentencia que llega cuando aún el Tribunal Supremo no resolvió la causa impulsada desde la Fiscalía de Pontevedra por las supuestas prácticas abusivas de Audasa en esa época de obras.

El Juzgado del Mercantil número 1 de Pontevedra dio la razón a la Fiscalía y los afetados, pero la Audiencia Provincial le dio la razón a Audasa, eximiéndola de tener que devolver los peajes cobrados y la Fiscalía y los afectados recurrieron ante lo Supremo. La causa continúa allí atascada.

Esta sentencia que se dio a conocer este jueves no tiene relación con la anterior, que también se refería a los retrasos durante las obras efectuadas de 27 de febrero  de 2015 a 30 de junio  de 2018 en el tramo entre los enlaces de Cangas y Teis, incluida la reforma del puente de Rande.

La resolución de A Coruña descarta la similitud entre los dos casos, ya que aunque los hechos que originan las dos demandas son los mismos, la acción que se ejercitó no lo fue. La Fiscalía basaba su demanda indemnizadora en una práctica abusiva por parte de Audasa, mientras que los 21 demandantes lo hacían basándose en un incumplimiento defectuoso del contrato por parte de Audasa.

La defensa legal de las 21 entidades y personas demandantes corrió a cargo de Xoán Antón Pérez-Lema Abogados y Consultores y estos letrados dieron a conocer la sentencia.

El juez considera probado que las obras impidieron que Audasa ofreciera un correcto servicio a las personas usuarias de la autopista. Para la parte demandante, esto supone un incumplimiento de contrato.

La sentencia reconoce específicamente que "resulta evidente y notorio" que "no se circula igual cuando hay obras que cuando no las hay" y, por lo tanto, el servicio "no se prestó en idénticas condiciones a las que se presta cuando no hay obras".

El propio informe pericial acercado por Audasa reconoce, y así lo señala la sentencia, que se adoptaron restricciones en la circulación normal y que se llevaron a cabo acciones puntuales sobre el tráfico.

La sentencia reconoce además, en contra del criterio de Audasa, que las personas demandantes no contaban con ninguna alternativa de circulación a la autopista, toda vez que los itinerarios posibles implicaban tiempos de desplazamiento aún más lentos que la propia vía de pago en obras.

"La concesionaria juega con la posibilidad teórica, y real, de utilizar otra alternativa, pero, en la práctica, esto es peor, aún, que utilizar la autopista durante la realización de las obras", recoge la sentencia.

Los afectados reclamaban la devolución íntegra de las tarifas cobradas, pero la sentencia solo reconoce el 50% del importe cobrado. Reconoce que la devolución íntegra de los importes pagados por el peaje durante las obras "rompe el equilibrio de las contraprestaciones de los contratantes", motivo por lo que se estiman parcialmente los argumentos de los demandantes.

La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

El plazo para instar reclamaciones de este tipo es de 5 años desde el pago del peaje. Por tanto, sería posible a interposición de demandas futuras por este mismo hecho durante lo final de las obras (entre finales del año 2017 y febrero del año 2018).