Al igual que Ence, la antigua Pontesa se queda sin permiso legal para ocupar terrenos ganados al mar. La Audiencia Nacional, empleando prácticamente los mismos argumentos bajo los que revocó la prórroga a la factoría pastera, anula la concesión que Costas le otorgó en 2017.
El tribunal estima el recurso presentado por el Concello de Pontevedra y declara nula la resolución de Costas, al entender que "no ha lugar" a la extensión solicitada por la compañía Itaipú-Trade, que adquirió en subasta en 2004 los derechos sobre la fábrica de cerámica.
El Gobierno había autorizado extender el permiso de la empresa durante 20 años más, permitiendo el uso de sus 33.000 metros cuadrados únicamente como almacén y no para producción, prohibiendo todo tipo de excavaciones, rellenos o movimientos de terreno.
Ante esta resolución, el gobierno municipal alegó, como con Ence, que este nuevo permiso infringía la Ley de Costas, al tratarse entre otras cuestiones de una actividad que no tiene por qué desarrollarse necesariamente en terrenos de dominio público marítimo-terrestre.
La Abogacía del Estado, a este respecto, también se allanó como en el caso de la pastera, lo que para la empresa afectada supuso un "fraude de ley". Además, Itaipú-Trade alegaba que el Concello carecía de legitimidad para presentar su recurso.
Los magistrados, sin embargo, amparan ambos trámites y concluyen que la resolución de Costas "no razona" por qué esta compañía no puede desarrollar su actividad en otra localización e Itaipú-Trade "tampoco acredita" la necesidad de dicha ocupación.
"No basta con que resulte ventajosa o propicia la ubicación de estas actividades", sentencia la Audiencia Nacional, sino que "es imprescindible la justificación de que éstas, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación". Y esa vinculación, reitera el tribunal, no se ha demostrado.
La Audiencia concluye que "no puede perderse de vista que la actuación administrativa sobre el dominio público marítimo-terrestre debe perseguir (...) entre otros fines el de asegurar su integridad y debida conservación, adoptando, en su caso, las medidas de protección y restauración necesarias, así como las de garantizar el uso público del mar, de su ribera y del resto del dominio público, sin más excepciones que las derivadas de razones de interés público debidamente justificadas, que en el caso de autos la orden impugnada ni ha esgrimido ni justificado".
SATISFACCIÓN EN EL CONCELLO
Para el alcalde, esta sentencia "é un gran avance" en la pretendida recuperación de la ensenada de Ulló, en Ponte Sampaio. "É sen dúbida unha moi boa noticia", ha señalado Miguel Anxo Fernández Lores, que confía en recuperar esos terrenos para uso público.
Los argumentos para revocar esta concesión, ha recordado Fernández Lores, son "exactamente os mesmos" que los utilizados para la prórroga de Ence, por lo que el regidor entiende que este fallo avala la argumentación defendida por el Concello en ambos casos.
El alcalde ha insistido en que el gobierno municipal es "fondamente ecoloxista" y apuesta por la "renaturalización" del municipio. Así, ha explicado que aínda que "oxalá fose máis rápido", Pontevedra avanza en esa "liña de traballo" medio ambiental y de recuperación.