Dos ex policías condenados por asesinato piden revisar su condena tras derogarse la doctrina Parot
Por Natalia Puga
Los ecos de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por la que se deroga la doctrina Parot han llegado a Pontevedra. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial tendrá que resolver dos recursos interpuestos por los dos ex policías condenados por el crimen de Nigrán pidiendo la revisión de su condena tras la última resolución del tribunal de Estrasburgo en relación con el caso de la etarra Inés del Río.
Fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) han confirmado que los dos ex policías, Manuel Lorenzo Vázquez y Jesús Vela Martínez, han presentado sendos recursos ante la Audiencia Provincial. El primero llegó el viernes 25 de octubre y no ha trascendido cuándo se presentó el segundo, pero sí que los abogados de ambos los entregaron directamente ante la Sección Tercera y que desde el tribunal ya se remitieron a la Fiscalía.
Las mismas fuentes judiciales han confirmado que la Fiscalía ha recibido los dos recursos y este martes ha pedido que se le remita el sumario íntegro del caso para estudiarlo y emitir un informe con su postura sobre la revisión de las condenas. Una vez que el fiscal emita el informe, la sala se sentará a deliberar, pero hasta el momento resulta imposible determinar cuándo se realizará esa deliberación. Sí se prevé que ambos recursos se revisen en la misma reunión del tribunal.
Fiscalía pidió este martes que se le remita el sumario íntegro del caso para emitir su informe
Fuentes de la Audiencia Provincial han explicado que el caso ha recaído en la Sección Tercera porque fue la que condenó a los dos ex policías y ahora se encarga de revisar la ejecución de la sentencia. A pesar de que ya no se encarga de asuntos penales y se ha especializado en civiles, el seguimiento de los casos previos sigue correspondiéndole.
La Audiencia condenó a Manuel Lorenzo y Jesús Vela a 212 años, cinco meses y un día de prisión cada uno por seis delitos de detención ilegal, uno de robo con homicidio, tres de asesinato, dos homicidios en grado de tentativa y uno de utilización ilegítima de vehículo ajeno por los hechos ocurridos en la vivienda del empresario Fernández Sanromán en Nigrán en el año 1994. Secuestraron al empresario, su mujer, sus tres hijos y una empleada del hogar para pedir una recompensa de 100 millones de pesetas y, posteriormente les asesinaron en una matanza de la que se libraron dos de sus hijos porque se escondieron.
La sentencia la confirmó posteriormente el Tribunal Supremo y más tarde a ambos se le aplicó la doctrina Parot, de tal forma que no podían reducir penas. El fallo de Estrasburgo que benefició a Inés del Río Prada recoge que España aplicó con carácter retroactivo e ilegalmente esta doctrina y ahora los abogados defensores de los ex policías se agarran a él para pedir que se les revise la condena.
La doctrina Parot ya dejó una escena muy pontevedresa hace justo una semana, el martes 22 de octubre, cuando dos vecinos de la ciudad se desplazaron a la cárcel coruñesa de Teixeiro para manifestar su protesta por la liberación de la beneficiaria de la sentencia de Estrasburgo, Inés del Río.
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