El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso presentado por el Concello de Pontevedra contra la decisión de la Consellería de Medio Ambiente de renovar la autorización ambiental integrada de la fábrica que Ence tiene en Lourizán.
Esta revisión, autorizada en septiembre de 2018, había sido impugnada por el gobierno municipal al entender que, entre otras cuestiones, incumplía el Plan de Ordenación del Litoral (POL), documento de la Xunta que ordena la recuperación ambiental de esos terrenos.
La sentencia de la sala segunda del Contencioso Administrativo del TSXG concluye, sin embargo, que la fecha de 2018 que marcaba la Xunta de Galicia para devolver los terrenos a su estado original estaba vinculada a la concesión otorgada por el Estado a Ence.
Este plazo, señalan los magistrados del alto tribunal gallego, "mutó tras la ampliación concesional" aprobada por el ejecutivo en funciones que presidía Mariano Rajoy, que autorizó la continuidad de la pastera hasta el año 2073.
La aplicación de la disposición del Plan de Ordenación del Litoral (POL) que avala la recuperación de los terrenos de Lourizán, reza la sentencia, "no puede interpretarse como de plazo vencido sino como un objetivo de regular la recuperación del espacio concesional una vez que la empresa codemandada abandone las instalaciones".
El Concello estudiará recurrir la sentencia, si bien los servicios jurídicos desaconsejan presentarse ante el Tribunal Supremo. La administración municipal ha sido condenada además al pago de las costas del juicio, en el que figuraban como demandadas la Xunta de Galicia y Ence.