El TSXG confirma la condena de 18 años y medio de cárcel a Marcos Vidal por el crimen de Ponte Caldelas

Ponte Caldelas
11 de junio 2020

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG revisó la semana pasada la causa y rechazó todos los recursos presentados por la defensa y las acusaciones. Concluye que el ataque a la víctima con una navaja "fue sorpresivo e inesperado, sin que tuviera oportunidad de defenderse"  

Marcos Vidal, autor confeso del crimen de Ponte Caldelas, al término de la cuarta sesión del juicio
Marcos Vidal, autor confeso del crimen de Ponte Caldelas, al término de la cuarta sesión del juicio / Cristina Saiz

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decidido confirmar la sentencia que condena a Marcos Vidal a 18 años y medio de cárcel por asesinar en noviembre de 2015 al marido de una mujer con la que mantuvo una relación intermitente, en el que se ha conocido como crimen de Ponte Caldelas.

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG revisó la semana pasada la causa a raíz de los recursos presentados por las partes a la sentencia dictada por la sección cuarta de la Audiencia de Pontevedra y finalmente decidió desestimar todas las alegaciones.

La Audiencia Provincial, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, condenó a Marcos Vidal a 18 años y medio de cárcel y a ocho años de libertad vigilada como autor de un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, pero la defensa del acusado pedía que no se tuviese en cuenta esa circunstancia de alevosía porque sostenía que el fallecido, Manuel Rivas, pudo defenderse. Basándose en ese argumento, pedía una reducción de la condena a 15 años de prisión. 

El TSXG rechaza ese recurso y en su resolución destaca que el Tribunal del Jurado basó la existencia de alevosía sorpresiva en que el ataque a la víctima con una navaja "fue sorpresivo e inesperado, sin que tuviera oportunidad de defenderse", así como en que el condenado era "consciente de que el hecho de portar una navaja le proporcionaba superioridad y la aprovechó".

El fallo del alto tribunal gallego sostiene que el relato de los hechos que consideró probado el jurado es "claro en cuanto a que la víctima no pudo defenderse ante un ataque sorpresivo e inesperado".

La defensa de Marcos Vidal sostenía que el fallecido presentaba algunas lesiones defensivas y lo utilizaba como argumento para sostener que sí que pudo defenderse. Sin embargo, el TSXG cree que son lesiones derivadas "de una reacción automática, no consciente, comprensible de cualquier persona que se encuentre en una situación semejante", lo que no implica que tuviera posibilidad de defenderse.

Si bien la defensa sostiene que entre los implicados hubo un forcejeo, esa circunstancia no fue acreditada por el jurado. Aun así, el Superior recalca que la existencia de un previo enfrentamiento entre las partes no excluiría "lo sorpresivo del ataque y la naturaleza alevosa de la acción, dado que no era esperado en modo ninguno por la víctima, pues el agresor le asestó en un dormitorio diversas puñaladas en zonas vitales del cuerpo con una navaja".

El TSXG también rechazó el recurso de la Fiscalía, que pedía que no se tuviese en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas y se aumentase la condena al acusado hasta los 20 años y un día. A esta petición se sumó la acusación particular, que ejerce la familia del fallecido.

Marcos Vidal asistió a la vista por videoconferencia desde la prisión de Teixeiro -no acudió en personas por prevención en plena pandemia del coronavirus- y quiso intervenir al final de la sesión. En unas breves palabras insistió en que "el ataque fue de pie", el condenado y el fallecido estaban uno frente al otro.

Vidal también quiso aprovechar estas palabras para recordar que sigue siendo un preso preventivo casi 5 años después del crimen, lo que implica que no tiene acceso a determinadas características de la vida penitenciaria como el acceso a trabajo, formación o deportes, con lo cual "le genera perjuicios". Pidió "que esto termine ya" y pueda seguir con su vida en prisión.