El TSXG acoge la vista de apelación por el crimen de Ponte Caldelas

Ponte Caldelas
31 de mayo 2020

La sección segunda del alto tribunal gallego resolverá la apelación contra la sentencia de la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra que, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, condenó a 18 años y medio de cárcel y a ocho años de libertad vigilada a Marcos Vidal González

Marcos Vidal, autor confeso del crimen de Ponte Caldelas, durante el juicio en la Audiencia
Marcos Vidal, autor confeso del crimen de Ponte Caldelas, durante el juicio en la Audiencia / Cristina Saiz

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acogerá este martes la vista de apelación por el crimen de Ponte Caldelas.

La sección segunda del alto tribunal gallego resolverá la apelación contra la sentencia de la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra que, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, condenó a 18 años y medio de cárcel y a ocho años de libertad vigilada a Marcos Vidal González.

El jurado concluyó que Marcos es el autor de un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento.

En noviembre de 2015 este hombre acudió al domicilio y apuñaló a Manuel Rivas, el marido de la mujer con la que había tenido una "relación intermitente".

En la sentencia, se consideró probado que el acusado la víctima y que, cuando supo que seguía viviendo con su esposa, lo inmovilizó con la rodilla, "lo tiró al suelo y le asestó diversas puñaladas en distintas partes del cuerpo" con una navaja, lo que le ocasionó la muerte.

El ataque fue "sorpresivo e inesperado", por lo que el fallecido careció de oportunidad para su defensa. Además, según la resolución de condena el acusado le propinó a su víctima más puñaladas de las necesarias para causar más dolor, aunque se tuvieron en cuenta las circunstancias atenuantes de confesión y dilaciones indebidas. Además de la pena de prisión, Marcos V. fue condenado a indemnizar a los padres de la víctima en 40.000 euros, y a su viuda en 30.000 euros. 

También se le impuso la prohición de acercarse o comunicarse con la esposa del fallecido, así como la medida de libertad vigilada durante 8 años una vez que salga de la cárcel.