Tráfico 'pone coto' a los patinetes: a menos de 25 km/h y prohibidos por aceras y zonas peatonales
Por Alejandro Espiño
Si eres usuario de los conocidos como vehículos de movilidad personal, entre ellos patinetes eléctricos y 'segways', mucho ojo porque la Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto punto y final al vacío legal que había en las normas de circulación.
Ante el aumento de este tipo de vehículos y a petición de policías locales de toda España, la DGT ha aprobado una instrucción que los regula y unifica los diferentes criterios existentes en los diferentes ayuntamientos.
Será de aplicación inmediata y estará en vigor hasta que se apruebe la nueva normativa de tráfico. Las medidas más importantes son, por un lado, que no podrán exceder los 25 kilómetros por hora -bajo sanción de 500 euros- y, por otro, tendrán prohibido circular por las aceras y zonas peatonales. Este último supuesto estará multado con 200 euros.
Además, sus usuarios no podrán conducirlos utilizando el teléfono móvil o cascos y auriculares que estén conectados a cualquier tipo de reproductor. Las sanciones para ambos casos también serán de 200 euros por infracción.
La instrucción de Tráfico regula, a riesgo de recibir una multa de 100 euros, que en cada patinete solo puede ir una única persona y, en el caso de circular de noche, la policía multará con 200 euros a los que no tengan alumbrado y prendas o elementos reflectantes.
A diferencia de otros vehículos, esta normativa transitoria no exigirá que los dueños de los patinetes eléctricos tengan permiso de conducir o seguro, por lo que de ser multados no perderán puntos. Eso sí, deberán someterse a pruebas de alcohol y drogas y podrán ser multados con hasta 1.000 euros en caso de positivo.
"La regulación formal de estos vehículos se encuentra actualmente en fase de tramitación y lo que buscamos con esta instrucción es aclarar y dar seguridad mientras se aprueba el nuevo Reglamento General de Vehículos", ha asegurado Javier Villalba, subdirector de Normativa de la DGT.
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