Rechazan incorporar a Fomento como demandado por el cobro abusivo de peajes en la AP-9

Pontevedra
18 de julio 2019

Un auto del juzgado de lo mercantil número 1 de Pontevedra desestima la solicitud de Audasa, que había exigido el llamamiento al proceso de Fomento al considerar que se vería "directamente afectada" por una eventual sentencia que condene a la empresa por el cobro de estos peajes

Peaje de la autopista AP-9
Peaje de la autopista AP-9 / Mónica Patxot

El juzgado de lo mercantil número 1 de Pontevedra ha rechazado incorporar al Ministerio de Fomento como demandando en el procedimiento abierto por el cobro abusivo de peajes en la AP-9, un trámite que había sido solicitado por Audasa, concesionaria de la autopista.

El auto del juzgado desestima la solicitud de Audasa, que había exigido el llamamiento al proceso de Fomento al considerar que se vería "directamente afectada" por una eventual sentencia que condene a la empresa por el cobro de estos peajes.

Este proceso judicial parte de la demanda presentada por la Fiscalía contra la empresa por cobrar los peajes íntegros entre Pontevedra y Vigo durante las obras de ampliación de la autopista en el entorno del puente de Rande, entre febrero de 2015 y junio de 2018.

El juez subraya en el auto que el caso iniciado es "totalmente independiente" de las condiciones de la concesión administrativa de la autopista, del sistema legal de fijación de peajes o de las potestades administrativas del Ministerio de Fomento.

El procedimiento debe, según el titular del juzgado pontevedrés, "evaluar la oportunidad" de cobrar a los usuarios de la AP-9 la totalidad del peaje legalmente fijado, a pesar de que, debido a unas obras, "no se les estaban prestando los servicios propios de una autopista".

"Se trata simplemente de la relación comercial entre Audasa y sus clientes en la que el ministerio no tiene más interés que el abstracto que pueda tener cualquier autoridad en que los servicios públicos funcionen correctamente", asegura el magistrado.

El titular del juzgado de lo mercantil número 1 de Pontevedra señala que la actividad de explotación de la AP-9 que realiza Audasa es de carácter "meramente comercial", por lo que las relaciones que establece con sus usuarios son "estrictamente privadas".

Debido a esta consideración, el juez concluye que cualquier proceso en el que se discuta sobre esas relaciones está "perfectamente constituido" con la única intervención de Audasa y los usuarios o las entidades que puedan actuar "defendiendo sus derechos".

Además, el magistrado indica en el auto que la pretensión de la concesionaria también debe ser rechazada por una cuestión "esencialmente procesal", ya que considera que Audasa "no ha sido capaz" de mencionar en su escrito qué norma la habilita para instar a la intervención de Fomento en este proceso judicial.

Esta decisión llega apenas un mes después de que este mismo juzgado de Pontevedra desestimara la alegación de la concesionaria de la AP-9 de tramitar por la vía de lo contencioso-administrativo, y no la civil, el caso por el presunto cobro abusivo de peajes durante la ampliación del puente de Rande.