Absueltos los dos acusados de violar a una joven en Vilagarcía después de un "botellón"
Por Redacción
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictado sentencia en el caso de una acusación de violación a cargo de dos jóvenes a una chica que formaba parte de su misma pandilla de Vilagarcía de Arousa, después de haber celebrado un botellón en casa de uno de los imputados y haber acudido a un concierto en el recinto de Fexdega en marzo de 2013. El tribunal dictaminó la absolución a ambos acusados, Lucas y Pablo, de haber agredido sexualmente a la joven. La Fiscalía solicitaba en la vista oral 14 y 9 años de prisión, respectivamente para los procesados.
Según consta en el fallo, la denunciante habría mantenido relaciones sexuales con uno de los dos imputados pero no detecta que "fuesen forzadas o sin su consentimiento". Además, las juezas de este tribunal entienden que "no consta acreditado" que el segundo imputado actuara de acuerdo con el primero, como se establecía en la denuncia, ni que hubiera sujetado a la víctima de un brazo o hubiera aproximado los genitales a su boca, como relató la acusada.
La sentencia señala que el relato de la demandante es "genérico, difuso, con pocos datos colaterales", además entiende que se aprecian "lagunas acerca de detalles relevantes". Al mismo tiempo, Nélida Cid, la jueza que preside el tribunal, entiende que tampoco queda acreditado que la mujer se encontrara afectada por el consumo de alcohol o por un fármaco. Señala que el análisis en conciencia de las pruebas practicadas en el acto del juicio oral no han permitido al Tribunal declarar de forma inequívoca que los hechos han ocurrido en la forma descrita en los relatos de hechos de la acusación, por lo que debe atender al principio "in dubio pro reo".
El fallo indica que existen versiones plenamente contradictorias entre la mantenida por los acusados y la afirmada por la perjudicada respecto al "carácter forzado" del acto sexual. El tribunal entiende que la declaración de la presunta víctima no permite la comprensión de cómo se han producido los hechos que se imputan a los acusados al tratarse de un relato genérico, difuso, con pocos datos colaterales y se aprecian lagunas acerca de detalles relevantes pues no consigue explicar cómo Lucas consigue bajarle la faja y los pantys, cuando está tumbado encima de ella, con una pierna escayolada. Tampoco, entienden las magistradas, queda explicado en qué posición se encuentra Pablo, del que la acusada dice que "no estaba pasivo" sin más concreción y sin recordar si se encontraba de pie, arrodillado o en la cama. Además, la sentencia indica que faltan detalles sobre otras preguntas relacionadas con los hechos sobre cómo accedió a la vivienda, en qué cama se sentó o si mandó un guión a su novio para cuando fuese interrogado por este suceso.
El tribunal aprecia "lagunas acerca de detalles relevantes" en el relato de la denunciante
Las juezas también observan un cambio de versión respecto de algunos hechos concretos que provoca que el relato "no sea convincente" y "suscite dudas". Extraña también al tribunal que refiera que acudió al domicilio de los hechos en busca de su novio cuando no contesta, sin embargo, a sus whatsapps y llamadas y niegue haber hablado con Lucas por teléfono cuando de los datos extraídos por la Policía Científica de los teléfonos móviles de Lucas y de la denunciante se constantan llamadas desde el móvil de Pablo, que ambos acusados indican quen fueron realizadas por Lucas al quedarse sin batería en su teléfono. En los datos policiales figura que fueron llamadas respondidas.
Tampoco entienden que la denunciante sea precisa sobre la previa ingesta de bebidas alcohólicas y a la posible influencia cuando en la analítica no se detectan restos de alcohol y drogas. Por otra parte, la sentencia señala que faltan corroboraciones externas que permitan generar una certeza sobre los hechos en los que se basa la acusación. El informe médico refleja que no existen evidencias de lesiones ni erosiones externas ni vaginales.
Ante esta situación, la sección cuarta de la Audiencia decide absolver a Lucas y Pablo de los delitos de agresión sexual, fallo contra el que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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