La viuda del crimen de Ponte Caldelas pide que se archive la "injusta" investigación sobre su participación en los hechos

Ponte Caldelas
10 de octubre 2018

La jueza del caso ha dado por cerrada la instrucción de la causa y la defensa de Sandra Martínez presentó un escrito de acusación contra el asesino confeso de su marido pidiendo que sea condenado a 25 años de prisión por un delito de asesinato y otro en su defensa pidiendo no estar investigada

Sandra Martínez Araújo, a su llegada al juzgado
Sandra Martínez Araújo, a su llegada al juzgado / Mónica Patxot

Sandra Martínez Araújo, viuda de Manuel Ángel Rivas, víctima del conocido como crimen de Ponte Caldelas, acaba de enviar un escrito al Juzgado de Instrucción número 1 de Pontevedra que instruye la causa solicitando que archive la parte del procedimiento que la mantiene en calidad de investigada argumentando que "cualquier especulación contraria a su presunción de inocencia resulta injusta".

El escrito, el mismo en el que formula acusación contra el asesino confeso de su marido, Marcos Vidal, y pide que sea condenado a 25 años de prisión por un delito de asesinato, llega tan solo dos semanas después de que la jueza del caso haya dado por cerrada la instrucción de la causa. El 21 de septiembre el juzgado emitió un auto de cierre de instrucción que abrió el camino para que las partes personadas emitan sus escritos de acusación y los abogados de Sandra presentaron el 5 de octubre el suyo, contra Marcos y exculpándose ella. 

El pasado mes de marzo el juzgado, tras la declaración de Sandra como investigada a instancia de los padres de su fallecido marido, el juzgado autorizó que se realizasen nuevas diligencias de investigación. La defensa de Sandra argumenta que ya se han practicado todos y, tras conocerse su resultado, "no existe ningún indicio racional de haber perpetrado en ninguna de las formas de colaboración que se le imputan, el asesinato de su esposo ni tampoco cometió ningún delito de omisión del deber de socorro".

"Sandra ni participó, ni indujo, ni colaboró en la comisión del delito de asesinato, con Marcos Vidal González, si no que ha sido, este último en solitario y de forma unilateral quien decidió reflexivamente el asesinato de Manuel", sostiene el escrito judicial, que pide su total exculpación de los dos delitos por los que está investigada: asesinato y omisión del deber de socorro. 

El auto de la Audiencia Provincial de Pontevedra por el que se mantuvo su condición de investigada defensa hacía referencia a la "falta de claridad, inconcreción e, incluso, la falta de verdad" de Sandra en hechos tan elocuentes como es el que había venido manteniendo una doble relación sentimental con su esposo y con Marcos Vidal y no consideraba creíbles sus afirmaciones de Sandra sobre el hecho de que le fallecido sabía que supuestamente el ahora acusado la sometía a una situación de acoso y amenaza.

Al respecto, el escrito presentado sus abogados argumenta que Manuel y Sandra tenían miedo a Marcos y que así lo confirma el análisis del teléfono móvil de la mujer realizado en los últimos meses, pues de él se deduce que el matrimonio tenía un código en el que Manuel enviaba "Todo ok" a su esposa de forma constante para decirle que estaba bien por la preocupación ante una acción por parte del ahora detenido. El día del crimen envío ese mensaje y se ponía en duda el significado del mismo.   

Además, se ha tomado declaración como testigo a un detective contratado por Manuel que, según el escrito de la defensa de Sandra, relató que el hombre "estaba siendo acosado y amenazado personalmente por Marcos" y que así se lo había contado el propio Manuel. También aporta este detective que Sandra respondía a los mensajes continuos que enviaba a su móvil el acusado no porque siguiese manteniendo una relación con él sino porque "tenía que responder a Marcos, tal y como este le exigía, porque si no podría ser peor".

En este sentido, el escrito también insiste en que ni Sandra le pidió el divorcio a Manuel ni viceversa y en que existía muy buena sintonía en su relación, datos con los que difícilmente se puede llegar a concluir, en contra de la presunción de inocencia de Sandra, que para ella pudiera resultar un "estorbo", uno de los argumentos aportados en esta causa para sostener la investigación sobre la viuda.

El citado auto de la Audiencia también consideraba que Sandra debía dar respuesta, entre otros, a extremos tan importantes como las razones por las cuales llamó al 112 antes de que el investigado le dijese que su marido estaba agonizando y de que le enviase una foto que mostraba el estado de la víctima . 

Al respecto, su defensa explica que llamó a su marido al no recibir el mensaje que esperaba, que el teléfono de este se descolgó en un llamada que se efectuó a las 9.10.16 horas y duró 22 segundos y que en ese momento escuchó  que su marido decía "No, Marcos, no". Tras colgar esta llamada, de forma inmediata, llamó al 112

Las pruebas practicadas demuestran un desajuste horario en las facturas de la compañía telefónica y que esa llamada se hizo a las 9.10.52 horas según el móvil de Sandra y a las 9.11 horas según el listado de llamadas al 112, pero que en ningún caso se produjo dicha llamada antes, sino justo tras colgar la llamada en la que se entera que su marido está siendo atacado.

Su defensa también argumenta que se han practicado multitud de diligencias que demuestran que Sandra no tuvo nada que ver en el asesinato de su marido como, por ejemplo, que aportó documentación del Sergas que acredita que ese día del crimen, el 28 de noviembre de 2015, en el momento de la comisión de los hechos estaba trabajando en el Hospital Montecelo.

La representación de Sandra también argumenta la necesidad de que se archive la causa contra ella porque la mujer tiene derecho a un proceso sin dilaciones indebidas. Atendiendo a que Marcos Vidal manifiesta en todas sus declaraciones que todo lo ha hecho por hacer sufrir a Sandra, y que apenas queda un año para que concluya el periodo máximo de cuatro años para que el asesino confeso esté en prisión provisional, pide que ella deje de tener la condición procesal de investigada.