Marín edita un bando de prevención de los incendios con las obligaciones de la nueva normativa
Por Oskar Viéitez
En estos días el Concello de Marín está colocando en los paneles informativos de las distintas parroquias el bando que ha editado la alcaldesa María Ramallo y que lleva por título: "Recordatorio de las obligaciones en materia de prevención de incendios".
En este bando se indica que después de las modificaciones fiscales y administrativas introducidas el pasado 26 de diciembre en la Ley de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, las personas físicas o jurídicas titulares del derecho de aprovechamiento sobre los terrenos forestales y los terrenos situados en las zonas de influencia forestal en los que tengan sus derechos, antes de que finalice el mes de mayo están obligadas a gestionar la biomasa vegetal existente en el ámbito de las redes de franjas de gestión de biomasa.
Esto es, una franja de 50 metros perimetral al suelo urbano, de núcleo rural y urbanizable, así como alrededor de edificaciones y viviendas aisladas, urbanizaciones, depósitos de basura, cámpings, gasolineras, parques e instalaciones industriales y construcciones aisladas en suelo rústico.
Está incluida la obligación, en su caso, de la retirada de especies arbóreas en dicha franja de 50 metros. No podrá haber pinos, eucaliptos ni acacias. Es decir, tendrán que ejecutar los trabajos comúnmente conocidos como labores de "tala y desbroce".
Por lo expuesto, llegado el final del mes de mayo, el Concello de Marín comunicará a las personas que incumplan con lo anterior, su obligación de gestión de la biomasa vegetal y la retirada de especies arbóreas prohibidas concediéndole para hacerlo un plazo máximo de quince días naturales, o de tres meses en el caso de las franjas laterales de las vías de comunicación, contado desde la recepción de la comunicación.
La comunicación advertirá de que, en caso de persistencia en el incumplimiento transcurrido dicho plazo, se podrá proceder a la ejecución subsidiaria con repercusión de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la administración sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda.
Finalmente el bando advierte que el incumplimiento de estos deberes conlleva la imposición de multas coercitivas y las sanciones que resulten.