La detenida por los incendios de Ponte Sampaio en 2016 pide que se analice su estado mental

Pontevedra
27 de febrero 2018

El Juzgado de Instrucción número 1 de Pontevedra desestimó su petición, pero decidió acudir a la Audiencia Provincial y la Sección Cuarta acaba de dictar un auto en el que admite a trámite el recurso que presentó y accede a la petición, de modo que la mujer será examinada para poder determinar su imputabilidad 

Tercer día de incendios en Vilar y O Rañadoiro, en Ponte Sampaio
Tercer día de incendios en Vilar y O Rañadoiro, en Ponte Sampaio / PontevedraViva

La vecina de Ponte Sampaio detenida en octubre de 2016 por su presunta relación con los incendios registrados durante los dos meses anteriores en esa parroquia pontevedresa ha pedido al juzgado que le hagan un reconocimiento médico forense para determinar su estado mental, pues está a tratamiento psiquiátrico. 

El Juzgado de Instrucción número 1 de Pontevedra desestimó su petición, pero decidió acudir a la Audiencia Provincial y la Sección Cuarta acaba de dictar un auto en el que admite a trámite el recurso que presentó y accede a la petición, de modo que la mujer será examinada para poder determinar su imputabilidad. 

La mujer fue detenida como presunta autora de 16 incendios forestales entre el 9 de agosto y el 6 de octubre en la parroquia de A Canicouva y en los lugares de Ponte, Vilar, O Rañadoiro y Acevedo, en la parroquia de Ponte Sampaio. En la actualidad, sigue investigada en una causa judicial, pero ya solo por siete fuegos

Además de pedir ese reconocimiento médico forense, la mujer investigada también reclama la práctica de otras diligencias de investigación denegadas por el juez instructor: declaración testifical de diferentes testigos a fin de acreditar el lugar en el que se encontraba la recurrente en la fecha y hora de inicio de los incendios que se le atribuyen; y un oficio a la Consellería de Medio Rural. 

Esta documentación tiene como objetivo que indique si cuatro fincas que se identifican resultaron afectadas por los incendios ocurridos en Rañadoiro entre agosto y septiembre, pues, al negárselo, "vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva, a no sufrir indefensión y a utilizar los medios de prueba oportunos en defensa de sus legítimos intereses".

La resolución de la Audiencia admite que desconoce, con exactitud, las razones dadas por las que le denegaron esas diligencias de investigación interesadas, pero concluye que puede ser necesario para garantizar el derecho de defensa tanto concretar dónde se encontraba la investigada los días y las horas a las que tuvieron lugar los incendios que se le imputan, por lo que resuelve que sí hay que recibirse declaración a los testigos propuestos. 

La Audiencia también considera necesario determinar cuál es el verdadero estado mental de la investigada, pues ello "podría influir en su imputabilidad", siendo preciso para eso su reconocimiento médico forense.

En lo relativo al oficio a la Consellería de Medio Rural, también la autoriza porque consideran que "en nada entorpece la instrucción" y puede tener relación con los hechos.