Absuelven al guardia civil acusado de la muerte del ex batería de Los Piratas
Por Natalia Puga
El Juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra ha decidido absolver al agente de la Guardia Civil acusado de un delito de homicidio imprudente por disparar al exbatería del grupo Los Piratas, Javier Fernández, el 26 de agosto de 2015 en su casa de Ponteareas.
La Fiscalía ya sostuvo desde un principio que la acción del agente, que disparó al músico al temer por la vida de su compañero de patrulla, no es delito. El juez, Miguel Aramburu, siguió las tesis del fiscal y tampoco ve delito en el proceder del guardia, desestimando así las pretensiones de la familia del fallecido, que fueron los responsables de sentarle en el banquillo y pedían su condena.
"A conduta estaba totalmente xustificada e non foi contraria a dereito, o que, ademais, exclúe a existencia dun delito doloso de lesións", recoge la sentencia del juez decano de Pontevedra. Añade que los dos agentes y tres sanitarios que acudieron a la casa del fallecido "actuaron correctamente e ningún reproche debe facerse ao seu actuar" y "está acreditada" la necesidad de disapararle con su arma reglamentaria y "dadas as circunstancias, a súa proporcionalidade".
La sentencia sostiene que el agente disparó a Javier Fernández "consciente da situación de risco do seu compañeiro a quen non podía auxiliar, xa que el estaba situado no exterior da vivenda, e dado que non tiña outro medio para evitar a agresión". Añade que actuó ante "o risco que representaba para a vida do seu compañeiro".
"Sacou a súa pistola e rapidamente, cando considerou que podía facer un disparo coa finalidade de ferilo, disparoulle para impedir que continuase agredindo o seu compañeiro", añade la decisión del magistrado. Con tal mala suerte que el disparo, en una pierna, resultó mortal.
El juez considera como hecho probado que ese día, sobre las 12.00 horas, el agente y su compañero acudieron al domicilio de Javier Fernández para atender lo que le habían dicho que era un caso de violencia de género. Al llegar a las proximidades, se encontraron con una ambulancia del 061, que también había sido avisada para ir a este domicilio. En ese momento también llegó la hoy viuda del fallecido, que les dijo que su marido la había agredido y continuaba agresivo, y un amigo de la familia, que traía al hijo del músico.
Ante esta situación, según el juez, los agentes y el médico, el conductor y un enfermero del 061 subieron a la casa y, al llegar al soportal, empezaron a hablar con Javier Fernández. Él se puso cada vez más agresivo, a pesar de que el persoal sanitario y los agentes intentaron calmarlo y convencerlo para que recibiese asistencia. Sin embargo, el músico "continuou na súa actitude, e dicíalles ás persoas alí presentes frases como 'os voy a matar, os voy a hacer pedacitos'".
Según el juez, el médico y un técnico se fueron a la ambulancia a buscar medicación para poder sedarlo ante el estado de agresividad que presentaba y, cuando empezaron a retirarse del lugar, el músico fue a la cocina y cogió varios tenedores y un cuchillo de mesa. Con ellos en la mano, volvió de repente al pasillo de acceso a la casa, donde estaba uno de los guardias, y comenzó a agredirlo con el cuchillo y los tenedores a la altra de la nariz y cerca de los hombros. El agente intentaba esquivar los golpes.
El compañero, el ahora acusado, estaba fuera de la vivienda en ese momento y disparó a la pierna. Según el juez "pretendía coa súa acción protexer a vida do seu compañeiro, tendo intención de só ferir o agresor", pero la bala desgarró una pared de la vena cava inferior, lo que provocó que el músico falleciese.
El juez también pide que se deduzca testimonio de esta sentencia y se remita al fiscal, con copia del juicio, para que analice si considera que la declaración del testimonio de uno de los amigos de la familia del fallecido puede constituir un delito contra la administración de Justicia. Esta es una petición realizada por el abogado del acusado al término del juicio.
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