Habrá indemnización por los daños del temporal Nicki en Arousa, Umia y Pontevedra
Por Natalia Puga
El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) ha determinado qué municipios considera afectados por el temporal Nicki y, por lo tanto, en los que asumirá la indemnización de los daños causados en vehículos, viviendas y demás propiedades y bienes asegurados. Entre ellos figuran varios de las comarcas de Pontevedra, Arousa y Umia.
El Consorcio considera que Caldas de Reis, Cuntis, Campolameiro, Cotobade, A Lama y Vilagarcía de Arousa resultaron afectados por la tempestad ciclónica atípica que, durante los días 24 y 25 de noviembre de 2012, se produjo en diversas zonas de España.
Una vez determinada la lista de municipios afectados, esta entidad anuncia que, "por tanto, indemnizará los daños que, como consecuencia del viento, hubieran sufrido los bienes asegurados radicados en esos municipios durante esos días".
Reconoce los daños en Caldas, Cuntis, Campolameiro, Cotobade, A Lama y Vilagarcía
El Consorcio ha determinado que Nicki afectó a municipios de las cuatro provincias gallegas, Asturias, Cantabria, Palencia y León. En el caso de Pontevedra, los concellos afectados se completan con Catoira, Cercedo, A Estrada, Forcarei, Silleda y Valga, todos en el norte de la provincia y próximo a las comarcas pontevedresa y arousana.
Según indican, la escasa incidencia de la tempestad no hace preciso aplicar el convenio de colaboración de 14 de noviembre de 2011 sobre gestión de siniestros y de reembolsos derivados de los mismos firmado por Unespa, en representación de las entidades aseguradoras, y el CCS. En consecuencia, los asegurados deberán comunicar sus daños a su entidad aseguradora para que sean atendidos por ésta, en lugar de hacerlo al Consorcio.
El CCS reembolsará posteriormente a las entidades aseguradoras las indemnizaciones que hubiesen abonado a sus asegurados. Para ello, la entidad aseguradora deberá dirigir las solicitudes de reembolso a la delegación regional del CCS con la documentación que permita identificar al tomador y al asegurado, así como al bien dañado y su localización. Deberá justificar el aseguramiento y su vigencia, los daños peritados y el abono efectivo de la indemnización o de la reparación cuyo reembolso se solicite.