El Tribunal Supremo ordena al Estado iniciar un expediente sobre la caducidad de la concesión de Ence

Pontevedra
26 de julio 2014

Según fuentes de la empresa, la sentencia del Supremo no se pronuncia sobre la declaración de la caducidad de la concesión, como pretendía la Asociación Salvemos Pontevedra

Fábrica de ENCE en Lourizán
Fábrica de ENCE en Lourizán / Juan Mejuto

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia en relación a la caducidad de la concesión de la fábrica de Ence en Pontevedra, en la que obliga exclusivamente a la Administración General de Estado a iniciar un expediente sobre la caducidad de la concesión, pero en ningún caso prejuzga el resultado final de dicho procedimiento.

El contenido de la sentencia fue divulgado por la propia empresa pastera.

La sentencia, según informan desde el Grupo ENCE, "rechaza las pretensiones de la demanda presentada por la Asociación Salvemos Pontevedra de declarar la caducidad de la concesión y el consiguiente rescate y recuperación de los terrenos por parte de la Administración, así como el cese de las actividades que se desarrollan en dichos terrenos sin título habilitante".

Por tanto, aseguran esta misma fuente que "todas las instalaciones amparadas en la concesión seguirán en uso durante la tramitación del expediente de declaración de caducidad".

Salvemos Pontevedra recurrió a los tribunales para revisar las concesiones en la zona marítimo terrestre de Lourizán, entre ellas la de Ence. La sentencia responde a un recurso que la compañía presentó contra el fallo de la Audiencia Nacional que exigía la apertura del citado expediente.

En este sentido, el gabinete de comunicación de la celulosa aclara que el inicio del expediente administrativo de caducidad de la concesión recaerá en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, expediente cuya tramitación se estima que se extenderá durante varios años.