Un padre pontevedrés, condenado a 12 años de cárcel y a perder la patria potestad por violar a su hija de 10 años

Pontevedra
26 de febrero 2024

El TSXG confirma una sentencia de la Audiencia que sostiene que el acusado, aprovechando que la niña se quedaba dormida, al menos en tres ocasiones le efectuó tocamientos en el pecho y en la vulva y luego, colocándose encima de su hija, la penetró a pesar de que ella, para tratar de evitarlo y que cesara el dolor, intentaba salir de debajo de su cuerpo

Sede de la Audiencia de Pontevedra
Sede de la Audiencia de Pontevedra / Mónica Patxot

Doce años de prisión, 21 años de alejamiento y pérdida de la patria potestad. Es la condena que debe cumplir un padre pontevedrés por violar a su hija de tan solo 10 años. 

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de confirmar una condena previa de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que le considera autor de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal sobre su hija.

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG confirma los hechos probados por la Audiencia, que sostiene que la madre de la víctima tenía su custodia y la de su hermano, pero el padre disfrutaba de visitas y vacaciones y violó a su hija mientras pasaba con él uno de esos períodos en casa de su abuela paterna.

El acusado se acostaba de noche en la misma cama que su hija, y en el verano de 2019, aprovechando que se quedaba dormida, al menos en tres ocasiones le efectuó tocamientos en el pecho y en la vulva y luego, colocándose encima de su hija, la penetró a pesar de que la niña, para tratar de evitarlo y que cesara el dolor que le causaba en la zona vaginal, intentaba moverse y salir de debajo del cuerpo de su padre. 

Tras la primera ocasión, por la mañana, la menor le preguntó a su padre qué le había hecho y él le dijo que era un juego.

Como consecuencia de estos hechos, la menor tiene síntomas compatibles con un acontecimiento traumático de violencia sexual.

Aunque ocurrió en 2019, ella no denunció hasta 2021. A partir de entonces, al padre le suspendieron el régimen de visitas con ella y con su otro hijo, que ya es mayor de edad. 

La sentencia inicial, ahora confirmada, incluye para el acusado 17 años de inhabilitación para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores y el pago de una indemnización a su hija, a través de su madre como representante legal, con 60.000 euros.

El acusado recurrió ante el TSXG pidiendo la nulidad de la sentencia y del juicio por quebrantamiento de las normas o garantías procesales poniendo en tela de juicio la declaración de la víctima, considerada la "prueba fundamental" ya que no hay otras pruebas directas en este caso. 

Así, el padre intentó atribuir al testimonio de su hija unas connotaciones que desvirtúen la credibilidad apuntando como posible causa de su testimonio "una denuncia falaz que sería el interés de estar no en el ambiente paterno sino en el materno por la mayor permisividad que encontraría en este".

Apela, así, a un móvil espurio, el deseo de romper las relaciones con el padre por causa del mayor rigor que este muestra. Sin embargo, el TSXG considera que la sentencia dio credibilidad a la víctima con una motivación que "solo puede ser calificada de ejemplar" y descarta tal posibilidad.

"Resulta contrario a  elementales reglas de experiencia pensar que una niña de 9 años puede llegar a fabular en el modo y manera en que la defensa parece argumentar", sostiene el TSXG. Y ve "perfectamente entendible" los reparos de la menor a convivir con su padre a partir de 2019, momento en el que tiene lugar el comienzo de las agresiones. Así, cree que este rechazo "más que sugerir esa supuesta animadversión de la hija al padre marca un punto de inflexión en las relaciones de ambos que bien puede ser considerado como elemento de refuerzo, corroborador, de la posición que mantiene la víctima".