Jacobo Mesías
Aguinaldo en tiempos modernos
Llega la navidad, y con ella las múltiples costumbres de la época: cenas, regalos, reencuentros y, en muchos casos, el ansiado aguinaldo.
La tradición de que el empresario entregue una dádiva al trabajador en estas fechas viene de antiguo, concretamente de las saturnales romanas. Esta era una festividad celebrada a finales del mes de diciembre, y que tenía su culmen el día 25, con la conmemoración del nacimiento del sol, en clara referencia al solsticio de invierno.
En las relaciones clientelares de aquel entonces, era frecuente que los patronos regalasen cestas con víveres y provisiones a sus inferiores, ayudándoles a sobrepasar el invierno, y permitiendo así que ellos también disfrutasen de la celebración.
Con la llegada del cristianismo, y la fijación arbitraria del nacimiento de Jesús en esa misma fecha, esta festividad pagana fue decayendo, pero no así algunos de sus rasgos que, como vemos, han perdurado hasta nuestros días.
En España, la cesta de navidad tal como hoy la conocemos, ya existía a principios del siglo pasado en determinados sectores de la administración y, en menor medida, en la empresa privada. No obstante, fue en los años cuarenta cuando recibió el empuje definitivo, motivado por la aprobación de lo que hoy conocemos como "paga extra de navidad", esto es, una gratificación extraordinaria obligatoria que debía abonarse al trabajador.
Es cierto que hoy en día, la tradicional cesta va perdiendo fuelle en pro de otros formatos, tales como vales, cheques, patas de jamón, cofres de experiencias… sin embargo, el concepto es el mismo: gratificación navideña.
En todo caso, independientemente de que hablemos de una cesta, o de una prestación análoga, lo cierto es que, en muchas empresas, el aguinaldo ha adquirido autonomía propia. Tanto es así que son múltiples las sentencias que reconocen este derecho a los trabajadores, contradiciendo a empresarios que osaron romper la tradición.
Ahora bien, este no está siendo un año al uso, así que probablemente sean muchas las empresas que traten de bajarse del carro ¿Sería esto legal?
Lo primero es señalar que, para poder hablar de derecho adquirido, y que, como tal, sea exigible por el trabajador, su entrega debe ser regular y reiterada durante un periodo de tiempo significativo. Si es el caso, la empresa que desee retirar este derecho deberá seguir el procedimiento pertinente, y acreditar que concurren circunstancias que lo justifican, no siendo admisible que supriman el aguinaldo por las bravas.
¿Y qué sucede con los trabajadores en ERTE? Pues estos siguen siendo empleados de la empresa, y aunque no estén cobrando un salario como tal, sí que tienen derecho a este tipo de prestaciones, en tanto que no es una retribución del trabajo. Lo contrario podría considerarse un trato discriminatorio.
En definitiva, con la cesta de navidad se aplica aquello de "santa Rita, Rita, lo que se da no se quita".